El director del CEP 64 defendió la designación de la joven “ayudante técnica” que no figura en el padrón de interinatos y suplencias

A través de una nota con una curiosa redacción, Adrián Lescano negó de plano que se hayan cometido irregularidades en la designación de una joven de 22 años, que no tendría título habilitante y es interina desde el segundo semestre. En rigor, él no define ese nombramiento o las demás designaciones que levantaron sospechas. Pero Lescano sí solicitó el cambio del turno del cargo en el que designaron a Antonella Pedrozo.

Viernes, 3 de octubre de 2025 - 9:40 hs.
El director del CEP 64 defendió la designación de la joven “ayudante técnica” que no figura en el padrón de interinatos y suplencias

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Las revelaciones sobre posibles irregularidades en las designaciones de docentes en el Centro Educativo Polimodal N° 64 de Posadas (CUISE N° 2537), informadas por Agencia Hoy en la víspera, generaron una rápida respuesta institucional que dejó más dudas que certezas. Quien respondió con un comunicado es Adrián Lescano, el Director suplente de la escuela secundaria ubicada en Avenida Monseñor de Andrea y Queirel.

Además de ser llamativa la redacción del texto de descargo –parece haber sido redactado con Inteligencia Artificial–, Lescano salió a defender designaciones que, en rigor, él no define, sino que son potestad de la Dirección de Educación Secundaria y, en última instancia, del Consejo General de Educación. Y acusó al medio de señalarlo por supuestas “incompatibilidades” por su carga horaria, cuando el artículo periodístico en ningún momento sostiene eso.

En el comunicado, Lescano se refiere a la situación de Antonella Pedrozo, la joven de 22 años que no figura en el padrón de interinatos y suplencias del nivel secundario, no registra trámites en el Consejo General de Educación a su nombre y que no contaría con título habilitante para el cargo de Auxiliar Técnica.

Sobre las situaciones planteadas como interrogantes en el artículo periodístico, Lescano sostiene que “en el caso del Cargo que hace mención que actualmente se desempeña la Sra Antonella – se realizó la elevación correspondiente para la resolución de lo planteado, siguiendo los canales formales administrativos.” 

Sospechas de corrupción y acomodos en el CEP 64: designaron como “ayudante técnica” a una joven de 22 años, sin título docente

Según fuentes al tanto de lo que sucede en esta escuela, la joven sólo terminó la secundaria y ya está designada como interina en la plaza laboral N° 634193. Como sea, el director Lescano no brindó detalles su situación laboral. Más importante, la designación fue firmada por las autoridades del CGE y no por el director suplente.

La joven Pedrozo se desempeña en la CEP 64 por medio de la Resolución N° 5427/25, firmada por la actual cúpula del CGE. Esa resolución, a la que Agencia Hoy tuvo acceso, confirma que fue el director Lescano, quien solicitó que el cargo sea en el turno noche. Fue firmada el 25 de agosto por la directora general del CGE Daniela López y por el secretario general Francisco Carosini y sostiene que se “rectifica” “los términos del Artículo 2° de la Resolución 2603/25” y que se afecta “un cargo de ayudante técnico de nivel secundario turno noche, con destino al (CEP 64) a partir de la presente resolución”.

En los considerandos de la resolución 5427/25 queda en evidencia el involucramiento del director Lescano en la creación y horario de este cargo, en el que se designó a una joven que no está en el padrón de interinatos y suplencias de Misiones. “(…) La Dirección del Establecimiento solicita la rectificación del Artículo 2° de la Resolución N° 2603/25, en la que se afecta un Cargo de Ayudante Técnico (del CEP 64) Donde dice ‘Turno Mañana’ debe decir Turno Noche”, sostiene la resolución 5427/25.

Con respecto a esta “ayudante técnica”, fuentes consultadas sostienen que no se encuentra en los padrones de secundaria de la página de CGE. Esto se puede corroborar en el sistema del organismo educativo; es información pública. En otras palabras, es ayudante técnica interina, pero no figura en el padrón correspondiente. Más aún, el director suplente de la CEP 64 donde se creó el cargo, pidió expresamente que sea en el turno noche y no en el turno mañana, como originalmente estaba previsto.

Volviendo al descargo del director sobre la nota de Agencia Hoy publicada el 1° de octubre, no se menciona en lo más mínimo, la situación que rodea a la designación de Maximiliano Grahl, un joven de unos 29 años nombrado por medio de la Resolución N° 2110/23, y que no tendría no tendría el alcance de título adecuado a la función. Es profesor de inglés y lo nombraron como Ayudante Técnico.  

A diferencia de Pedrozo, Grahl sí figura en el padrón de interinatos y suplencias de nivel secundario, pero siempre en la asignatura “inglés”, en las escuelas: EPET 34 (orden 24); Colegio N° 2 General Belgrano (orden 21); BOP 61 (orden 18); CEP 53 (orden 17); BOP 17 (orden 14) y en el CEP 25 (orden 12) O sea, no aparece en el padrón de interinatos del CEP 64, donde está designado como interino, en el cargo de ayudante técnico de la plaza laboral N° 618951.

En tanto, la otra situación que Lescano desmiente, tiene que ver con la docente que está como suplente en las horas en las que el director está de licencia, sin goce de sueldos. Sobre la profesora Rosana Melnichuk, el director sostiene que tiene título habilitante y está en el padrón de la escuela. Sin embargo, no brinda mayores detalles e incurre en una falacia respecto del Sistema Informático de Diplomaturas y Certificaciones (Sicer), de la Secretaría de Políticas Universitarias. 

“Efectivamente tiene título docente y figura en el padrón correspondiente por el cual fue designada. Además, hace mención dicho informe periodístico que se utilizó un sistema para realizar la consulta del título de la docente en cuestión, no teniendo cuenta, que el mencionado sistema, posiblemente solo registra los títulos universitarios a partir del 2018, y no así, los terciarios/superiores”, indica el director en su desmentida dirigida a los docentes del CEP 64.

Esa afirmación del director es inexacta. Como lo expone el artículo, el Sicer contiene en su base de datos todos los graduados universitarios de Argentina, “a partir del año 2012 y los títulos extranjeros convalidados a partir del año 2010”. Melnichuk no aparece en ese registro, pero contaría con un título de Profesor de Nivel Superior, de una institución provincial. 

En un tramo saliente de la desmentida, Lescano sostiene “en cuanto a la supuesta incompatibilidad horaria, según este medio, estaría cobrando aparte del cargo de Director, más de 30 horas, es totalmente erróneo y fuera de la realidad, actualmente, me encuentro en su de licencia sin goce de haberes por Cargo de Mayor Jerarquía – Remuneración”.

Nuevamente, la acusación contra el artículo de este medio es falsa. En el texto se informa lo que detalla la planta orgánica nominal (PON) de la Escuela: que Lescano es titular en 32 horas secundarias y se desempeña como director suplente. De las horas a su nombre, en 15 horas está con licencia sin goce de haberes y en 13 horas, figura de licencia regular, es decir, no se trata de una licencia S/G. 

De hecho, en las 13 horas de “tutoría” en las que el director Lescano es titular (Resolución 2953/21), en la plaza laboral N° 599690, no tiene un suplente asignado. Las otras 4 horas que, según la planta orgánica del CEP 64, Lescano está ejerciendo y cobrando, son 2 horas de “Eco Ciencias Políticas” (Resolución N° 2110/23 – plaza laboral 618941) y 2 horas de “Trabajo y Ciudadanía” (Resolución N° 3760/23 – plaza laboral 618924)

Además, en el informe periodístico en ningún momento aparece el término “incompatibilidad”. Efectivamente, Lescano no está en incompatibilidad porque la Ley VI – N° 47 (Antes Ley 3010) en su Artículo 1° inciso “b” es establece que, en Misiones, “a un (1) cargo docente se podrá acumular: otro cargo docente o un (1) cargo administrativo o veintiuna (21) horas de cátedra de cualquier nivel”.

Y el inciso “c”, de ese artículo sostiene que “los docentes que presten servicios exclusivamente en el dictado de horas cátedras, podrán acumular hasta cuarenta y dos (42) horas. En el nivel superior no podrán superar las treinta (30) horas cátedra de ese nivel, facultándoseles a dictar hasta doce (12) horas del nivel medio.” Lescano cumple con todos esos requisitos, al ejercer un cargo directivo y ejercer funciones en otras 4 horas secundarias.