La secretaria general del Sindicato Único de Taxis, Remises y Afines (SUTRA) de la provincia de Misiones, Sandra Barrios fue acusada públicamente de no pagar el alquiler de su vivienda desde 2012 y de evitar el desalojo, un conflicto que se prolonga en el tiempo y no se resuelve, según consta en los expedientes judiciales que inició Hilario Vega. El propietario del inmueble ubicado en el barrio San Cayetano de Posadas reveló que su esposa falleció esperando recuperar el inmueble que Barrios estaría virtualmente ocupando, sin pagar alquiler ni impuestos.
En diálogo con LT4, Vega brindó detalles del conflicto judicial que mantiene con Barrios, quien invoca la Ley XII – N° 28 y sus modificatorias para evitar el desalojo y, en las últimas audiencias, presentó certificados médicos para posponer las instancias y así continuar evitando devolver la propiedad. Años atrás, la sindicalista fue defendida por el abogado Gonzalo Costa de Arguibel, el dirigente del espacio kirchnerista, Convergencia Justicialista.
“Esta mujer llegó cuando Yacyretá me dio la casa”, contó Vega, sobre el principio del conflicto con la sindicalista, que además preside la Red Alto al Tráfico y Trata de Personas (RATT) y en este rol, mantuvo numerosas reuniones con funcionarios provinciales y municipales.
De acuerdo con Vega, se encontraba con un familiar limpiando su vivienda del barrio San Cayetano cuando llegó Barrios con la intención de alquilar el inmueble. Asimismo, Vega dijo que el acuerdo de alquiler fue “de palabra”, por lo que no hubo un contrato. “Después que yo le di la palabra, un vecino me dijo a quién le fuiste a dar (en alquiler)”, confió el hombre.

Vega admitió que había confiado en la palabra de Barrios, pero fue “varias veces a cobrar”, pero después de 3 o 4 intentos, ya no volvió a intentarlo. “(Barrios) siempre me decía que ‘yo no cobro’, que ‘ando mal y esto y aquello’, que ‘la provincia no me paga’. Ella es jubilada provincial. Y de ahí nunca más. ahí nunca más”, sostuvo el demandante.
Con respecto a los más de 13 años que lleva tratando de desalojarla y recuperar su propiedad, Vega explicó que la causa no se movía y que “se cansó de ir” al juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de Posadas. Según consta en el expediente, ya pasaron cuatro letrados representándolo y la causa sigue sin resolverse.
Consultado sobre lo ocurrido con su esposa, Vega reveló: “Ella siempre reclamaba que antes de morir quería recuperar la casa”.
Repreguntado por este medio, Vega aseguró que tiene el título de propiedad y todos los impuestos provinciales (Agencia Tributaria de Misiones) y municipales pagados. “Pido mi casa. Hay una orden de desalojo”, ratificó Vega, en base a lo que consta en el expediente.
En esta línea, Vega afirmó que Barrios le había prometido que le iba a dejar la casa, pero insiste con que no puede pagar la deuda de alquiler porque “no le alcanza”, y porque tiene que pagar médicos, por una condición cardíaca. “Ahora que es discapacitada, es peor. Si no puede andar, pero sí anda por todos lados”, lanzó.
Por otra parte, Vega dijo que percibe la jubilación mínima, unos $370 mil y agregó: “Ya casi no puedo pagar más los impuestos. Y tengo que mensualmente pagar los impuestos de esa casa”. “Me quiero encontrar con (el gobernador Hugo) Passalacqua y le voy a preguntarle, porque él sabe bien. (El diputado provincial y exgobernador Oscar) Herrera Ahuad también sabe”, comentó el hombre, sobre este conflicto que continúa dilatándose.

Agencia Hoy tuvo acceso al expediente iniciado en 2012, del que surge que Barrios fue defendida por el abogado kirchnerista Costa de Arguibel en 2013. En el extenso expediente, estaría probada la legitimidad del reclamo de Vera, pero la demandada viene evitando el desalojo por distintas maniobras y subterfugios legales.
En los últimos movimientos de la causa, en mayo, puede leerse un escrito presentado por la defensa de Barrios, argumentando ante el juez “que el derecho objeto de discusión en cuanto a su aplicabilidad es el dictado de una ley provincial Ley XII – Nro. 28, en su modificatoria N° 32 que crea un derecho protegiendo, el derecho que le cabe a toda persona a solicitar la mera suspensión de una orden judicial, no la pérdida de un derecho, puesto que el actor aquí no perdió ningún derecho, solo se suspende los efectos de la orden de desahucio, y dicha norma es de orden público y de aplicación obligatoria, en donde se protege a través de la propia Constitución Nacional, Art 31 del CN, que establece un orden de prelación.”
El 13 de mayo pasado, Barrios presentó un informe médico del Instituto de Cardiología y Cirugía Cardiovascular de Posadas, informando que utiliza un marcapasos y que es jubilada por invalidez, en el marco de la jubilación N° 22277 otorgada por el Instituto de Previsión Social.

En cuanto a la audiencia para el desalojo fijada para el 17 de junio, el Dr. Carlos Andino, en representación de Barrio, presentó un escrito para “pedir la suspensión de la misma dado mi estado de salud. Adjunto por este acto certificado médico justificando mi incomparado a audiencia ya que me encuentro bajo un estado febril que me imposibilita estar de pie y exige estricto reposo (…)”
Ante ese estado febril, el juez fijó una nueva fecha de audiencia para el 11 de julio pasado, “a las 08:30 hs en los estrados del Juzgado a los fines de que comparezcan las partes personalmente con sus representantes. bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de desahucio”.
Sin embargo, nuevamente Barrios solicitó la suspensión de esa audiencia, por problemas de salud. “Adjunto (…) certificado médico justificando mi incomparando a audiencia ya que me encuentro con complicación de tipo cardíaca, que hace necesario mi reposo y posterior examen ya que presento arritmias necesitando ser controlada para evitar un desplazamiento del electrodo, fractura del cable o cambios en el miocardio (isquemia, infarto(, siendo necesario la verificación del marcapasos que poseo, para evitar desequilibrios electrolíticos que interfieren en mi desplazamiento y hacen necesario un control médico y reposo”
Y el 30 de julio pasado, se informó oficialmente que “no fue celebrada la audiencia prevista oportunamente conforme las facultades del art. 36, corresponde expedirme respecto del escrito incorporado en fecha 21/05/2025 ID 29002874 - Suspensión de orden de desalojo por aplicación de la ley XII Nª 28.”
“Por lo tanto, a los fines del correcto desenvolvimiento procesal, de los extremos invocados y documental adjuntada, córrase traslado a la actora por el término de cinco (5) días”, indica la cédula.
Nada indica que Barrios no vaya a presentar otro certificado médico en la próxima audiencia que fije el juez Escalante para concretar el desalojo. En todos estos años, la secretaria general del sindicato de remises nunca habló públicamente del caso, ni brindó explicaciones sobre los motivos por los que no estaría pagando el alquiler de la vivienda que se resiste a desalojar.