La Cámara Federal ordenó al juez
Casanello investigar el origen y la veracidad de los audios de Diego Spagnuolo
que dieron inicio a la causa por presuntas coimas en la Agencia Nacional de
Discapacidad (ANDIS).
Los jueces Martín Irurzun,
Roberto Boico y Eduardo Farah, en disidencia, revocaron la resolución del
Juzgado Federal Nº 11 que había rechazado los planteos de nulidad presentados
por las defensas de los hermanos Kovalivker y de Spagnuolo.
Los camaristas remarcaron que la
causa se inició por denuncia de un particular basada en trascendidos
periodísticos, pero aún no se conoce el origen de los audios cuestionados ni si
fueron “manipulados, editados o armados total o parcialmente con inteligencia
artificial”.
De esta manera, la Cámara hizo
lugar al planteo de la defensa de Spagnuolo que aseguró que los audios serían
“prueba violatoria de los derechos y garantías constitucionales”, al haberse
obtenido sin certeza sobre su origen, “subrepticiamente”, y pudiendo haber sido
“falsos, adulterados u obtenidos sin consentimiento del interlocutor”.
“Resulta estéril argumentar a
esta altura sobre la admisibilidad de grabaciones efectuadas por particulares
cuando, en rigor, esa afirmación no se encuentra respaldada en el expediente”,
dijeron los magistrados.
“La conversación pareciera haber
tenido lugar en un ámbito que no resultaba privado” o porque “no se encuentra
acreditado que la prueba haya sido obtenida a través de medios
inconstitucionales o ilegales”, se lee en el fallo.
La falta de certezas sobre el
origen de los audios, profundizaron los jueces, “no sólo impide receptar las
pretensiones recursivas de las defensas, sino que también torna impropio avalar
la decisión que las rechaza”.
La postura de la defensa de
Spagnuolo
La defensa de Spagnuolo, a cargo
de Mauricio D’Alessandro y Pablo Parera, sostuvo que los audios presentaban
“ausencia de metadatos, fragmentación, microcortes y diferencias acústicas”, e incluso
mencionó la posible presencia de “voz sintética generada por inteligencia
artificial”.
Según los abogados, esto
demostraría que el material carece de autenticidad y podría provenir de una
interceptación ilegal.
Además, cuestionaron que no se
haya realizado una verificación técnica oficial al momento de incorporar los
audios a la causa, y señalaron que tanto los dictámenes del Ministerio Público
Fiscal como las medidas posteriores se apoyaron en ese material.
Por eso, pidieron que se declare
la nulidad de la resolución y de todos los actos posteriores, y que se sobresea
a Spagnuolo por “contaminación probatoria”, invocando la doctrina del “fruto
del árbol envenenado”.
Para reforzar su postura, se
añadió al expediente un informe realizado por el perito Miguel Ángel de la
Torre Guijarro que concluye en que fue “editado y modificado múltiples veces”
el audio en el que se le atribuyen comentarios sobre un supuesto esquema de
retornos del 3% en compras de medicamentos.
El perito aseguró que no dispone
de la secuencia completa, por lo que “no es posible realizar un examen
exhaustivo y concluyente de manera inequívoca sobre la autenticidad e
integridad del audio”.
A su vez, el perito determinó que
la grabación “no es íntegra porque no mantiene continuidad durante los actos
del habla, y presenta un total de 18 cortes compatibles con la edición y
manipulación intencionada".
“También se han identificado
otros artefactos compatibles con errores de la propia edición y manipulación
del audio, efectuada con posterioridad al proceso de registro sonora",
señaló.
De la Torre Gujarro también
remarcó que “se identifican cambios bruscos en parámetros acústicos de amplitud
y frecuencia, que no se corresponden con una grabación de secuencia única”.
Fuente: TN