Mientras sigue sin cumplir con la
Ley de Emergencia en Discapacidad, el Gobierno se ensaña con este sector de la
población. Este martes eliminó el sistema de subsidios del Estado que
compensaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos
otorgados a personas de este colectivo.
La medida se dio a conocer a
través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el
Boletín Oficial. Allí se establece: “Déjase sin efecto el régimen de
compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de
pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados
en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674″.
Esas tres normas disponen en sus
articulados que las empresas de transporte de larga distancia bajo control de
la autoridad nacional tienen la obligación de trasladar gratuitamente a las
personas con discapacidad, a personas trasplantadas o en lista de espera para
recibir un trasplante y a niños y adolescentes con cáncer.
Hasta ahora, el Gobierno
subsidiaba parte del costo de estos gratuitos destinados a personas con
discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos, pero dejará de hacerlo.
Según se argumenta en la norma,
tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, los transportistas ahora
pueden “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y
duración de los servicios”.
Por este motivo, se señala que
este “régimen basado en la libertad tarifaria" permite a las compañías de
micros absorber los gastos que implique la obligatoriedad de entregar pasajes
gratuitos a estas personas.
En los considerandos se remarca
que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración
sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los
operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las
obligaciones legales inherentes a la actividad".
Y se concluye que “la causa
estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema
compensatorio ha sido superada" por lo que se vuelve “innecesaria su
continuidad en los términos originalmente previstos".
La resolución también aclara que
el beneficio de gratuidad para estos usuarios sigue vigente y obligatorio para
los transportistas. Para asegurar que este derecho se respete, la Comisión
Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) supervisará que las empresas sigan
emitiendo los boletos sin cargo conforme a las leyes nacionales.
En este sentido, se destaca que la
quita de estos subsidios “no afecta el contenido esencial del derecho a la
gratuidad” establecido por la ley que “permanece plenamente vigente y exigible
frente a los transportistas”.
Este nuevo golpe al colectivo de
Discapacidad se da cuando el gobierno libertario continúa incumpliendo con la
Ley de Emergencia en Discapacidad (27.793). Esta norma fue sancionada por el
Congreso el año pasado y ratificada en varias instancias por el Poder Judicial.
Pese a ello, no se implementa. Es más, Javier Milei busca reemplazarla por otra
que profundiza la crisis y el desamparo del sector, con más recortes a
coberturas y prestaciones.