Provinciales
Sospechas de corrupción y acomodos en Educación Superior: la secretaria de un instituto no registra trámites en el CGE
Se trata de Marisa Liliana Pinto, una joven de 25 años de edad que aparece como suplente titular en el Instituto de Nivel Superior San Pedro. No presenta trámites en el Consejo General de Educación y no aparece en el registro del Sistema Informático de Diplomas y Certificaciones de la Secretaría de Políticas Universitarias de la Nación.

Un nuevo caso de presuntos acomodo y corrupción con horas superiores en el sistema educativo se habría concretado en Misiones, esta vez, en el Instituto Superior San Pedro, de la localidad homónima, en el norte de la provincia. Es que, en la planta orgánica nominal de la institución (Código Único de Identificación en el Sistema Educativo N° 1652) aparece como suplente titular en el cargo de secretaria educativa, Marisa Liliana Pinto (25), quien no estaría recibida, ni registra título en trámite en el Sistema Informático de Diplomas y Certificaciones (Sicer) de la Secretaría de Políticas Universitarias de la Nación.
Por otra parte, Pinto no inició ningún trámite en el Consejo General de Educación (CGE), lo que hace sospechar de una opacidad en el proceso de designación como suplente titular en la secretaría de este instituto. De acuerdo con el Artículo 95° (Ex Art. 92°) del Estatuto Docente, el cargo de “Secretario del Establecimiento será provisto: a) Con un Prosecretario, con una antigüedad mínima de dos años de ejercicio efectivo en el cargo; b) con un Jefe de Preceptores, con una antigüedad mínima de dos (2) años de ejercicio efectivo en el cargo; c) con un subjefe de preceptores, con una antigüedad mínima de dos (2) años de ejercicio efectivo en el cargo; d) con un preceptor con una antigüedad mínima de cinco (5) años de ejercicio efectivo en el cargo; e) con un profesor con una antigüedad mínima de dos (2) años de ejercicio efectivo en el cargo; (…)”
De hecho, Pinto ni
siquiera contaría con un Código Único de Identificación Tributaria (CUIT), por
lo que su historial laboral se reduciría a esta designación de la que serían
responsables directos, la rectora del instituto, Lidia Mabel López y el
Director de Educación Superior del CGE, Luis Oviedo. El caso también salpica al
Ministro de Educación Ramiro Aranda, porque el Instituto San Pedro ofrece la
Carrera Técnico Universitario en Guardaparque (TUG) que se desarrolla en
Convenio con el ministerio.
Agencia Hoy
analizó los trámites que aparecen en el sistema del Consejo de Educación, y de
ahí surge que la titular de la secretaría en este instituto, Celia Valeria
Lencina, solicitó una licencia con goce de haberes el 28 de mayo pasado. En el
marco del trámite N° 13532/25, el Despacho General del CGE le otorgó esta
licencia por medio de la Resolución N° 3423/25, el 10 de junio último.
¿Qué sucedió
después? No está claro si hubo o no una convocatoria de la Dirección de
Educación Superior (DES) para cubrir el cargo, pero fuentes consultadas
aseguran que hay gran cantidad de preceptores con título, en condiciones para
ejercer esa función. De acuerdo con fuentes consultadas, la secretaria escolar
de un instituto superior está encargada de todo lo referente a lo
administrativo del establecimiento: altas y bajas de sueldos; legajos de los
estudiantes; asistencia de docentes y alumnos; entre otros temas.
El Reglamento General para Establecimientos de Enseñanza Media y Superior, establecido en la Resolución N° 813/85, desde el Artículo 32° al 44° determina las funciones y obligaciones del secretario. Este funcionario escolar “deberá poseer conocimientos suficientes de Mecanografía” y fiscalizar “la asistencia y puntualidad del personal que se halla bajo su directa dependencia.”
Entre otros deberes
(Art. 35°), el secretario escolar “asesorar a Rector o Director en todos los
asuntos Administrativos y refrendar la firma del Rector o Director en los
documentos y notas que emanen del Establecimiento”; “formar los expedientes de
los asuntos que entren a Secretaría y las Carpetas respectivas”; “llevar y
custodiar el archivo de los documentos pertenecientes al establecimiento, así
como el control y uso de los sellos del mismo”; “auxiliar al Director o Rector
en la redacción de los documentos que emanen del Establecimiento”; “expedir las
boletas de matrícula, permiso de exámenes y los certificados de estudios,
llevando al mismo tiempo el registro correspondiente a estos últimos”; “clasificar
los documentos que entren en Secretaría”; “preparar las listas de los
estudiantes inscriptos para rendir exámenes, clasificados separadamente por
años de estudios, asignaturas de cada año, número del permiso de exámenes y
categorías respectivas.”
Además, Pinto,
como suplente titular de la secretaria del Instituto San Pedro, estaría a cargo
del “sello fechador que asentará en las boletas de exámenes y certificados que
expida, en los documentos que emanen de él como asimismo en aquellos que él
intervenga” y “llevar las fichas del personal”.
Por si fuera poco,
también “es función inherente al cargo de Secretario, el régimen disciplinario,
las asistencias y las licencias del personal administrativo, de maestranza y de
servicio, debiendo ajustar su situación a las reglamentaciones vigentes y a las
directivas de la Superioridad.” (Art. 36°)
“El Secretario formará un legajo de cada alumno que ingresa al Establecimiento, con la solicitud de ingreso y/o matrícula, fotocopia de la partida de nacimiento y el original del certificado de Estudios. El establecimiento deberá entregar estas actuaciones a solicitud del interesado, en caso de pase a otro establecimiento educacional” (Art. 37° del Estatuto Docente)
En tanto, “además
de las obligaciones que tiene el Secretario, como Jefe del Servicio
Administrativo, será responsable, juntamente con el Rector o Director del
movimiento patrimonial del Establecimiento (Artículo 42°); de “la vigilancia y
el cuidado del edificio y el inventario de los muebles y útiles (Art. 43°); y “los
actos de carácter administrativo que tenga que cumplir el personal docente en
relación con su situación de revista y cobro de haberes se efectuará por
intermedio de la Secretaría.” (Art. 44°)
Ante la consulta
de Agencia Hoy, fuentes con conocimiento exhaustivo del sistema educativo de
Misiones aseguraron que una persona en la situación de Pinto, “está floja de
papeles” y agregaron: “Mínimamente, tiene que ser preceptora”. En estricto
off-the-record, esta fuente añadió que es posible que se hiciera una “falsa
convocatoria”, pero, de todas maneras, Pinto debería “tener un título por lo
menos.”
El puesto de la
secretaría equivaldría a “21 horas de nivel superior” y sería “más de un millón de
pesos de sueldo”, según explicó la fuente sobre la designación consumada entre junio y julio, en este instituto de San Pedro.
Sin título
terciario o universitario, sin historial fiscal, sin gestiones en el
CGE, es poco probable que Pinto aparezca primera en el padrón de
valoración. “Habría que ver cómo llegó a ese cargo. Quizás es novia o hija de
alguien del poder”, especuló otra fuente consultada al respecto de la
sospechosa designación de la joven en el instituto sanpedrino, llamando la
atención sobre otro dato: la joven ya cuenta con un legajo abierto.
Lo que puede verse
en la planta orgánica nominal del establecimiento, es que Pinto está designada
como suplente titular en la secretaría, ocupando la plaza laboral (ID) 448440.
La resolución que vincula a la titular, Lencina, con el cargo es la 2580/10. La suplente no contaría con 5 años de antigüedad en este establecimiento. De acuerdo con fuentes consultadas, los docentes del instituto no conocerían a la joven secretaria.
En el Instituto Superior San Pedro se ofrece la Carrera Técnico Universitario en Guardaparque (TUG) que se desarrolla en Convenio con el Ministerio de Educación de la Provincia de Misiones, inicialmente a término, luego por la demanda estudiantil permanente. Según el CGE, el instituto se encuentra en la calle Usuhia S/N (sic) En realidad, la ubicación del instituto es sobre calle Usuhaia, casi esquina con Hipólito Yrigoyen, en el sur de San Pedro.