El Gobierno prepara la Ley de la Reforma Laboral para ser
presentada en el Congreso. El ambicioso proyecto del oficialismo tiene 182
artículos y promete modernizar un sistema laboral. El presidente Javier Milei
aseguró que hay “consenso absoluto” con los gobernadores para avanzar con el
proyecto.
Se estima será discutido en la Cámara de Senadores en
sesiones extraordinarias de diciembre. En el caso de la Cámara de Diputados, la
agenda legislativa incluye el inicio de sesiones extraordinarias entre el 19 de
enero y el 28 de febrero, hasta el inicio formal de actividades en marzo.
El proyecto contempla la
modificación de la Ley de Contrato de Trabajo, el marco legal que determina la
validez, los derechos y las obligaciones de la relación entre el trabajador y
el empleado. Regula aspectos esenciales como el salario, aguinaldo, jornada
laboral, vacaciones, licencias, tipos de contrato, períodos de prueba y
procedimientos de rescisión del contrato. El Gobierno rompe el paradigma al
introducir modificaciones claves, como:
La Ley de Contrato de Trabajo no
se aplicará a:
- Dependientes de la administración
pública nacional, provincial o municipal, excepto que un acto expreso los
incluya.
- Contrataciones de obra,
servicios, agencia y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la
Nación.
- Trabajadores independientes y sus
colaboradores.
- Trabajadores independientes de
plataformas digitales.
Se sustituye el artículo 9°, que
establece el principio de la norma más favorable para el trabajador. Este
principio es una manifestación fundamental del carácter protectorio del Derecho
del Trabajo. En este caso, cambia el criterio de agrupamiento.
Ante un conflicto, rige la ley más favorable para el trabajador según la institución y no la más favorable en términos más abstractos. Por ejemplo, si hay dos normas que regulan la misma cosa:
- Mirar el tema (la institución:
jornada, despido, licencias).
- Comparar la norma completa de ese
tema en la Ley contra la norma completa de ese tema en el convenio.
- Aplicar solo una (la que otorgue
más derechos). No se puede armar un "Frankenstein" legal para
combinar lo mejor de ambas.
Este mecanismo asegura que el
trabajador reciba el beneficio más alto posible en cada tema sin generar un
caos normativo al mezclar artículos inconexos.
Para Javier Milei, la reforma
laboral va a permitir que Para Javier Milei, la reforma laboral va a permitir
que "los jóvenes puedan incorporarse al trabajo sin quedar fuera del
sistema”
Entre los puntos más destacados
de la propuesta del oficialismo, se encuentra la creación de un Régimen de
promoción del Empleo Registrado. Esta entidad permitiría regularizar los
trabajos no registrados o deficientemente registradas.
El objetivo es reducir el trabajo
informal. Para hacerlo, el Gobierno propone el indulto de deudas previsionales,
multas e intereses a las empresas, siempre y cuando estas “blanqueen a la
totalidad del personal alcanzado”. Sin embargo, el borrador del documento
contempla la posibilidad de que muchas empresas no cumplan con este requisito.
En esos casos, el trabajador tendrá una “presunción favorable” en el caso de
que este denuncie al empleador y lo lleve a una instancia de juicio laboral.
Qué pasa con la indemnización
El sistema de indemnizaciones es
uno de los puntos más controvertidos dentro de la reforma que plantea el
Gobierno. En este caso, LLA propone redefinir la base del cálculo: fija topes
equivalentes a tres salarios promedios del convenio aplicable al sector, además
de un piso de 67% del salario del trabajador afectado.
Los criterios de accidentes y
enfermedades laborales también cambian. La intención es reajustar los
principios de determinación y de del tipo de indemnización según la enfermedad.
Lo más novedoso es la sustitución
de la indemnización por un Fondo de Cese Laboral. El proyecto permite que,
mediante la Ley de Contrato de Trabajo, se pueda sustituir el actual régimen de
indemnización por despido por el nuevo fondo.
El mecanismo que propone el
Gobierno se integra con aportes mensuales obligatorios que debe realizar el
empleador, calculados sobre el salario del trabajador. El fondo actuaría como
una "mochila" de ahorro que el trabajador recibiría al finalizar la
relación laboral, independientemente de la causa (despido, renuncia, etc.), y
elimina la obligación de pagar la indemnización tradicional al momento del
despido.
Extensión del período de prueba
Actualmente, el período de prueba
máximo es de tres meses. El proyecto faculta a los convenios colectivos a
ampliar este plazo a ocho meses y hasta un año para el caso de las Pequeñas y
medianas Empresas (PyMES).
Modificación de la tasa de
interés judicial
El cambio refiere al cálculo de
las deudas en juicios laborales. Se busca reemplazar la tasa de interés que se
aplica sobre las deudas salariales o indemnizatorias cuando hay un juicio
laboral. En lugar de aplicar tasas que suelen ser muy altas (como la tasa
activa y tasa pasiva pura), el proyecto establece que los créditos devengan una
tasa que no exceda el promedio entre la tasa activa y la tasa pasiva de las
entidades financieras. El objetivo es reducir el costo financiero y el riesgo
de litigiosidad para el empleador.
Repartidores de plataformas
digitales
El Gobierno incluyó a los
repartidores de plataformas digitales como un nuevo sujeto de derechos
laborales amparados por el Estado. Actualmente, los trabajadores del sector
figuran como monotributistas, pero el Gobierno obliga la categoría de
“trabajadores independientes”. Fija obligaciones fiscales y de seguridad
social, además de la posibilidad de rechazar pedidos sin justificación y
recibir explicaciones por bloqueos en la aplicación.
Horas laborales y vacaciones
La reforma laboral que prepara el
Gobierno incluye un régimen de horas extras, un banco de horas laborales y
francos compensatorios, que dependen de las modalidades de producción según el
tipo de actividad. “Deberán respetar descansos mínimos de 12 horas entre
jornada, con un descanso semanal también mínimo de 35 horas”, reza el borrador
que prepara el Ejecutivo.
En cuanto a las vacaciones, el Gobierno prevé un régimen consensuado entre empleado y empleador, que siempre deberá respetar el piso legal.
Fuente: BAE