Política
Integrantes de las fuerzas de seguridad podrán votar el próximo 8 junio
El STJ declaró inconstitucional la medida del Tribunal Electoral de Misiones. De esta manera, policías, personal del servicio penitenciario provincial y fuerzas de seguridad federales podrán sufragar en las elecciones provinciales.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones declaró
inconstitucional el inciso 10 del artículo 48 de la Constitución Provincial,
que impedía votar a policías, penitenciarios y fuerzas de seguridad federales.
Dicha normativa había sido utilizada por el Tribunal
Electoral provincial para impedir que los agentes puedan sufragar en las
elecciones legislativas del próximo 8 de junio.
La decisión judicial sostiene que el artículo cuestionado
tiene jerarquía inferior y no puede prevalecer sobre los tratados
internacionales que garantizan el derecho al voto.
Por tal motivo, la resolución del STJ, revoca la exclusión
del padrón electoral que había dispuesto el organismo electoral con base en la
Constitución local.
Cabe mencionar que la acción de inconstitucionalidad fue
presentada esta semana por el Procurador General, Carlos Giménez, en
representación del Poder Ejecutivo Provincial, luego de provocar varios
planteos de distintos sectores de la sociedad.