Economía

El Gobierno eliminó programas clave de apoyo a pymes y empresarios jóvenes

Mediante el decreto 339/2025, el Poder Ejecutivo derogó artículos centrales de la Ley de Promoción de las PyMEs y desmanteló casi por completo el Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven.

Martes, 20 de mayo de 2025 - 11:05 hs.
El Gobierno eliminó programas clave de apoyo a pymes y empresarios jóvenes

Este martes, el Gobierno nacional oficializó la derogación de diversos artículos fundamentales de la Ley 24.467, que promovía el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, y prácticamente eliminó la Ley 25.872, que dio origen al Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven. Esta medida se justificó en base al DNU 70/23 y las facultades delegadas de la Ley Bases. También creó un régimen simplificado de importación de pequeños envíos de mercaderías originarias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Las medidas fueron efectuadas en la última edición del Boletín Oficial mediante los decretos 334/2025 y 339/2025. Ambas normas llevan las firmas del Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y el Ministro de Economía Luis Caputo.

Según publicó el portal Ámbito, la medida fue instrumentada mediante el Decreto 339/2025,publicado en el Boletín Oficial, y rige a partir de este lunes. Según los fundamentos del Ejecutivo, las herramientas derogadas generan una “contribución marginal al interés general” y resultan incompatibles con el nuevo esquema de “eficiencia estatal” impulsado por el presidente Javier Milei.

El Gobierno Nacional derogó este martes múltiples artículos de las Leyes N° 24.467 y 25.872 que tenían por objeto promover el crecimiento y desarrollo de las PYMES y fomentar al empresariado jóven nacional, amparado por el DNU 70/23 y las facultadas delegadas de la Ley Bases. También creó un régimen simplificado de importación de pequeños envíos de mercaderías originarias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.


De acuerdo con Palabrasdelderecho, el listado de los artículos derogados de la Ley N° 24.467 comprenden el 12, 13 y 14, del 16 al 23 y el 105. Como objeto de dicha ley se contaba la promoción del crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, impulsando políticas públicas incluyentes para crear instrumentos de apoyo y consolidación.

En tanto, el artículo 12 se había creado un sistema de información denominado MIPyME llevado a cabo por agentes regionales para poder recolectar y difundir información comercial, técnica y legal que pueda interesar y repercutir en la micro, pequeña y mediana empresa. El art. 13 se orientaba a instruir al ex Ministerio de Producción a poder organizar una Red de Agencias de Desarrollo Productivo para brindar asistencia al sector.

Entre los artículos derogados también se incluyeron a los que encomendaban al Poder Ejecutivo Nacional a utilizar sus recursos a fortalecer los centros e institutos de asistencia a las PYMES, como el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto de Tecnología Industrial (INTI), y del ex Instituto Nacional de Tecnología Minera (INTERMIN).

Por último, entre la normativa eliminada, se contaba la que instruía a impulsar políticas de apoyo para la internacionalización comercial del sector, con especial énfasis en “su proceso de inserción en los mercados de la región, y a diseñar y desarrollar instrumentos que induzcan y faciliten el proceso de especialización de las empresas pequeñas y medianas, de forma tal de incrementar su competitividad y, en consecuencia, su acceso a los mercados externos a partir del MERCOSUR”.

Con respecto a la Ley N° 25.872, la cual creó el Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven, este martes fueron derogados los artículos del 1º al 9º y del 12° al 14°, los cuales apuntaban a “fomentar el espíritu emprendedor en la juventud; promoviendo la creación, desarrollo y consolidación de empresas nacionales”, así como también brindar herramientas del sistema fiscal y financiero enmarcadas en las políticas del Estado Nacional.


Entre las iniciativas propulsadas por la Ley de Apoyo al Empresariado Joven se contaba el apoyo del Estado Nacional en el fomento y promoción mediante organismos centralizados o descentralizados de la creación, desarrollo, el crecimiento y la asistencia de los proyectos empresariales generados o dirigidos por la juventud. Para ello se lo instaba a generar políticas transversales y el otorgamiento de beneficios impositivos, tributarios y crediticios.

Las ya mencionadas iniciativas se apoyaron en el DNU 70/23, donde se cita la redacción en los argumentos de los decretos donde el Estado Nacional asegurará un “sistema económico basado en decisiones libres”, y en los principios constitucionales de “libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.

Cabe remarcar que la medida constitucional que le permite al gobierno derogar leyes de manera total o parcial son las facultades delegadas impuestas en el 1° artículo de la Ley Bases N° 27.742, donde se declara la emergencia pública administrativa, económica, financiera y energética. Esta norma fue avalada por la totalidad de los legisladores nacionales por Misiones.

En los argumentos del Gobierno ultraderechista, se observa que el objetivo es disponer de la “más amplia desregulación” en el sector comercial, de servicios y la industria. Respecto a los artículos derogados, la justificación esbozada es que los programas y las políticas de apoyo a la industria nacional distorsionan los precios e impiden “la dinámica natural”. “En el contexto actual, en el que las políticas del Gobierno Nacional se enfocan en reducir la intervención estatal y en maximizar la eficiencia y eficacia en la gestión pública”, resaltan en los considerandos.


Por otra parte, respecto al decreto 334/2025, se creó un régimen simplificado de importación de pequeños envíos de mercaderías originarias producidas bajo la tutela del Régimen Industrial de la Ley N° 19.640, orientada al Territorio Nacional y Continental de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, “únicamente para su uso y consumo particular, quedando prohibida su comercialización”.

Los envíos no podrán ser mayores a 3 unidades de la misma especie por destinatario y por año calendario, con hasta un límite de valor de USD 3.000 (FOB) por envío. Las empresas interesadas en comercializar sus productos en los términos y condiciones de este régimen deberán tener habilitado un sistema de venta online. Este régimen busca facilitar las importaciones de mercaderías de menor cuantía, reduciendo los trámites aduaneros.