Economía
"Dólares del colchón": punto por punto qué dice el proyecto que ingresa al Congreso
La nueva iniciativa del Gobierno establece cambios en los pisos para investigar evasores, eleva multas y asegura un blindaje para quienes adhieran al régimen simplificado de ganancias.

El Gobierno anunció la segunda etapa del proyecto para
incentivar el uso de los "dólares del colchón" bajo el nombre de
"régimen de inocencia" y estableció nuevos pisos para investigación
por evasión y por otro lado detalló el blindaje del régimen simplificado del
impuesto a las Ganancias.
"Estas disposiciones, junto con las anunciadas con
anterioridad, constituyen el inicio de una reforma integral, que permitirá
abandonar el régimen persecutorio en el que vivimos, donde todos son culpables
hasta que ARCA demuestre lo contrario, a un régimen de enfoque
recaudatorio", destacaron desde la Casa Rosada.
A partir de esta reforma, se multiplicarán los montos
aproximadamente por 100. Así, se despenalizará a una gran cantidad de conductas
previamente alcanzadas por el régimen penal.
Para los casos de "evasión simple", el monto
mínimo involucrado por impuesto y por ejercicio anual ya no será de $1,5
millones, sino de $100 millones. Mientras que para que la conducta se considere
de "evasión agravada", con mayores penas previstas, el monto tiene
que superar los $1.000 millones, ya no más $15 millones.
Durante una conferencia de prensa junto al diputado José
Luis Espert, el titular de ARCA, Juan Pazo, sostuvo: "Para ponerlo en
números, significa que alrededor de 7.500 causas abiertas hoy en el fuero penal
tributario, únicamente quedarán en curso unas 200″.
Otros delitos tributarios:
Utilización fraudulenta de exenciones, desgravaciones,
diferimientos, reducciones u otros beneficios fiscales: Monto de $2.000.000
pasa a 200.000.000
Utilización de facturas y/o documentos apócrifos: monto de
1.500.000 a 100.000.000
Aprovechamiento Indebido de Beneficios Fiscales Monto de
$1.500.000 pasa a 100.000.000
Delitos relativos a los recursos de seguridad social
Evasión Simple: Monto $200.000 a 7.000.000
Evasión Agravada: Monto $1.00.000. a 35.000.000
Apropiación Indebida de Recursos de la Seguridad Social
Monto de $100.000 a $3.500.000.
Delitos fiscales comunes
Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: de 500.000
a 20.000.000 por cada ejercicio anual y de 100.000 a 3.500.000 por mes.
La reforma en materia tributaria introduce otras
modificaciones. En cuanto a las deudas, a partir de este nuevo proyecto, ARCA
no hará denuncia penal si se cancelan los pagos y los intereses antes de que la
formule. Esta excepción se concederá una sola vez por contribuyente. En caso de
que la denuncia ya esté hecha, se extinguirá si se paga la deuda y los
intereses sumando un 50% adicional dentro de los 30 días hábiles desde la
notificación de la imputación.
A su vez, quedará prohibido usar en el Régimen Penal
Tributario la extinción de la acción por reparación integral, prevista en el
Código Penal. Este artículo será un incentivo a pagar el adicional del 50% y
ahorrar el proceso penal, ya que el contribuyente no podrá dilatar el proceso
utilizando ese instituto.
Otro artículo también agrega que cuando ya haya prescripto
las facultades de ARCA para determinar los tributos correspondientes no podrá
proseguir la acción penal tributaria.
Además, se incorporan dos nuevos supuestos en los que ARCA
no deberá formular denuncia penal: cuando el contribuyente haya justificado el
criterio interpretativo o técnico-contable usado para liquidar el impuesto o
cuando presente declaraciones juradas originales o rectificativas antes de ser
notificado del inicio de una fiscalización.
Cambios en los plazos para presentar declaraciones juradas
Por otro lado, mientras el Gobierno lleva adelante un
relajamiento en estos controles fiscales, la sanción por presentar una
declaración jurada fuera del plazo establecido dejará de ser simbólica: a
partir de estas modificaciones las multas por esta falta oscilarán entre los
$220.000 y $440.000.
Además, cambiaron los plazos para hacer esta presentación.
“Se modifica el plazo de prescripción para la determinación tributaria de ARCA,
el cual se disminuye de cinco a tres años, siempre que los ciudadanos o las
empresas hayan presentado su declaración jurada en tiempo y forma.
Además, quien sea notificado, podrá resolverlo pagando lo
que debe. Con el nuevo criterio que establece esta ley, los problemas
impositivos se resuelven pagando”, agregó el funcionario.
Escala de $200 a $400 pasa a ser de $220.000 a $440.000
Escala de $5.000 a $10.000 pasa a ser de $5.000.000 a
$10.000.000
Escala de $1.500 a $9.000 pasa a ser de $1.500.000 a
$10.00.000
Escala de $10.000 a $20.000 pasa a ser de $11.000.000 a
$22.000.000
Escala de $150 a $2.500 pasa a ser de $150.000 a $2.500.000
El monto de $45.000 pasa a ser de $35.000.000
Escala de $500 a $45.000 pasa a ser de $500.000 a
$35.000.000
El monto de $10.000.000 pasa a ser de $10.000.000.000
Escala de $80.000 a $200.000 pasa a ser de $6.000.000 a
$15.000.000
Escala de $15.000 a $70.000 pasa a ser de $1.250.000 a
$5.250.000
Escalas de $600.000 a $900.000 pasa a ser de $45.000.000 a
$67.500.000
Escala de $180.000 a $300.000 pasa a ser de $13.500.000 a
$22.500.000
Escala de $200.000 pasa a ser de $15.000.000
Escala de $3.000 a $100.000 pasa a ser de $200.000 a
$7.500.000
Además, el artículo 31 del proyecto introduce la definición
de discrepancia significativa y establece que se considerará esta categoría
cuando la impugnación de ARCA resulte incremento o quebranto del 15% en
adelante o si la diferencia es superior al monto al monto de evasión simple.
También si el incremento de saldos y quebrantos mediante la utilización de
facturas y otros documentos apócrifos. Todos deben surgir de una impugnación de
ARCA.
El objetivo de este punto es unificar el criterio de
discrepancia significativa para los siguientes artículos, en especial para el
régimen de declaración simplificada y las exclusiones por discrepancias
significativas. Este artículo es modificatorio de la ley de procedimiento
general más allá de su utilización para el régimen simplificado.
También quedará eliminada la suspensión de 120 días del
plazo de prescripción, a favor del contribuyente, cuando ARCA notificaba
actuaciones cerca de su vencimiento.
Blindaje al régimen simplificado de Ganancias
En relación al régimen simplificado de Ganancias, el
Gobierno aseguró que quienes adhieran a este nuevo sistema quedarán
"blindados para siempre". Los ciudadanos que opten por esta modalidad
quedarán eximidos de informar su patrimonio, una de las obligaciones que más
carga administrativa implica en el régimen general. A cambio, la declaración se
confeccionará a partir de la información que ya obra en poder de la
administración tributaria, complementada por datos provistos por los propios
contribuyentes o terceros.
Para acceder al régimen, los ingresos y patrimonios deben
ser de hasta $1.000 millones y $10.000 millones, no alcanza a los "grandes
contribuyentes".
Respecto a esta nueva modalidad, Pazo precisó: “En el
ejemplo extremo, si durante un ejercicio fiscal una persona compra cinco
departamentos, ARCA sólo le cobrará Ganancias por lo que haya facturado, menos
los consumos deducibles. Con esta ley, estamos garantizando que ninguna
administración futura podrá perseguirlos”, aseguró.
“Es sencillo, te adherís, pagás y te despreocupás. No te va
a buscar nadie por los ahorros que ganaste, porque son solo tuyos”, cerró.
El artículo 39 del proyecto "establece el efecto
liberatorio del pago, si se acepta el contenido de la declaración jurada
propuesta por ARCA y se realiza el pago en término; excepto que se hayan
omitido ingresos". De esta manera, se quiere simplificar el proceso de
idas y vueltas entre las declaraciones que pone a disposición el fisco y los
ajustes del contribuyente, de modo que efectivamente quede liberado prestando
su conformidad final por la cual obtendrá el efecto liberatorio. A su vez, ARCA
no podrá reclamar posteriormente sobre ese impuesto por el periodo que abarque
la declaración.
También se presume la exactitud de las declaraciones juradas
de Ganancias y de IVA no prescriptas a menos que ARCA verifique discrepancias
importantes entre el documento y la información disponible en sus sistemas. Sin
embargo, si se rectifica y se ingresa la diferencia, se mantiene la presunción.
Este régimen fue anunciado en mayo por el Gobierno y apunta
a facilitar los trámites y reducir las obligaciones para quienes ya operan
dentro del circuito formal de la economía.
La iniciativa propone una transformación en la forma en que
se determina y liquida el tributo. El nuevo modelo deja de exigir datos sobre
el patrimonio y los consumos personales de los contribuyentes y se enfoca
exclusivamente en los ingresos facturados y los gastos deducibles.
“No vamos a requerir más información sobre los consumos ni
el patrimonio. Los consumos personales no van a pasar más por ARCA”, afirmó
Pazo durante la presentación oficial.
A partir de junio, las personas alcanzadas podrán elegir
esta modalidad, que regirá para el período fiscal 2025, el cual comienza en esa
misma fecha y finaliza a mediados del año siguiente. Según explicaron desde el
organismo, en el vencimiento previsto para mayo de 2026, cada usuario podrá
ingresar a su perfil en el sitio web de ARCA, verificar el monto que el sistema
haya calculado, y decidir si lo acepta, lo abona o lo modifica, según los datos
que tenga disponibles.
Reformas al Código Civil y Comercial
Otra de las reformas que busca impulsar el Gobierno en este
proyecto podría modificar el Código Civil y Comercial. En primer lugar, prevé
unificar los plazos de prescripción en materia tributaria provincial, municipal
y de CABA, los que se regirán por lo dispuesto en la Ley Nacional de
Procedimiento Fiscal.
El Código Civil y Comercial actualmente prevé la delegación
a cada provincia y municipio para que pueda establecer los plazos de
prescripción que consideren en materia de tributos. Con este cambio se elimina
este poder local y los plazos pasarán a regirse por la Ley de Procedimiento
Fiscal Nacional.
Por otro lado, reducirá el plazo de prescripción de 10 a 5
años en materia de seguridad social y obras sociales. Este punto tiene el
objetivo de incentivar el cumplimiento de los contribuyentes reduciendo los
plazos para extinguir las acciones del fisco para aquellos que cumplan sus
obligaciones en término. Es decir, se reduce a la mitad los periodos en los que
se puede investigar y reclamar retroactivamente a los contribuyentes en materia
de seguridad social.
Fuente: Ámbito