La Cámara Federal de Posadas suspendió la aplicación de la
Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN).
Dicha normativa habilitaba la realización de “microeventos”
privados dentro del Parque Nacional Iguazú.
La resolución judicial significa un fuerte revés para la
política de flexibilización impulsada por el Gobierno nacional en áreas
protegidas.
El fallo emitido el 28 de abril de 2026, lleva las rubricas de
los magistrados Fabián Gustavo Cardozo, Mario Osvaldo Boldu y Mirta Delia
Tyden.
De esta manera, los jueces hicieron lugar a la apelación
presentada por la Asociación Civil Orembae, revocando el rechazo en primera
instancia, concediendo una medida cautelar de no innovar hasta que exista una
sentencia definitiva sobre el fondo de la causa.