Procesaron a Tapia y Toviggino por retención indebida de aportes

El juez Diego Amarante los imputó por apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social. Ordenó embargos por $350 millones.

Lunes, 30 de marzo de 2026 - 16:26 hs.
Procesaron a Tapia y Toviggino por retención indebida de aportes

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Claudio "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino, presidente y tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), quedaron procesados en la causa que investiga la presunta retención indebida de aportes por más de $19.000 millones. La decisión la firmó el juez en lo Penal Económico Diego Amarante, que además dispuso un embargo de $350 millones sobre los bienes de ambos.

El expediente describe 51 hechos, uno por cada período fiscal entre 2024 y 2025, en los que se habrían retenido aportes y no se habrían depositado en término ante el fisco. La imputación alcanza también a otros dirigentes: Gustavo Lorenzo, Víctor Blanco y Cristian Malaspina.

Indagatorias cerradas y definición judicial

El 12 de marzo declaró Tapia en la última ronda de indagatorias. Desde ese momento corrieron los plazos procesales para definir la situación de los imputados. El juez resolvió procesarlos, en lugar de dictar falta de mérito o sobreseerlos.

Durante sus presentaciones, los acusados negaron los cargos, cuestionaron la difusión pública del caso y pidieron nuevas medidas de prueba. En sus escritos, sostuvieron que no existió delito ni responsabilidad, ni a nivel personal ni institucional. También optaron por no responder preguntas.

Los 51 hechos que estructuran la imputación

La resolución judicial ordena la causa en 51 hechos independientes, uno por cada período fiscal relevado entre 2024 y 2025. En todos los casos, el esquema es el mismo: la AFA habría actuado como agente de retención, pero no ingresó los fondos dentro de los 30 días posteriores al vencimiento legal.

El detalle incluye tres bloques:

  • Retenciones de IVA (SIRE)
  • Retenciones de Ganancias (SICORE)
  • Aportes al sistema de seguridad social

En los cuadros incorporados al expediente aparecen montos mes a mes, con cifras que en algunos períodos superan los $1.400 millones en Ganancias y los $2.000 millones en contribuciones a la seguridad social.

El juzgado encuadró esos hechos como apropiación indebida de tributos y apropiación indebida de recursos de la seguridad social, con agravante por la intervención de múltiples personas.

El planteo de las defensas

Las defensas sostienen una interpretación distinta. Plantean que no puede haber delito sin una obligación exigible y que la suspensión de ejecuciones fiscales implicó, en los hechos, una postergación de los vencimientos.

En ese sentido, argumentaron que el tipo penal no se configura por la mera existencia de una deuda, sino por el transcurso de un plazo determinado desde el vencimiento. Si ese vencimiento quedó diferido por decisiones administrativas, sostienen, no puede configurarse el incumplimiento penal.

También señalaron que los pagos fueron realizados, con intereses, y que la discusión responde a una diferencia de criterio con el organismo recaudador.

Un frente abierto en la Cámara

El expediente avanza en paralelo en la Cámara en lo Penal Económico. La Sala A, integrada por Carolina Robiglio y Roberto Hornos, debe resolver si corresponde cerrar la causa o permitir que continúe.

Las partes presentaron memoriales escritos en lugar de una audiencia oral y los jueces quedaron en condiciones de decidir. Ese pronunciamiento puede redefinir el alcance del proceso mientras la causa se encamina hacia una eventual instancia de juicio oral.

Fuente:BAE