El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dictó la Conciliación Obligatoria en el
conflicto laboral que involucra a la Asociación de Técnicos y Empleados de
Protección y Seguridad a la Aeronavegación (ATEPSA).
La medida, que rige desde las 00 horas del 11 de julio y se
encuadra en la Ley N.º 14.786 y establece un período de conciliación de 15
días, motivo por el cual las partes deberán retrotraer la situación al estado
anterior al inicio del conflicto, según se informó oficialmente.
Trabajo intimó a ATEPSA y, por su intermedio a los
trabajadores por ella representados, a dejar sin efecto durante el período de
conciliación, toda medida de acción directa y a prestar servicios de manera
normal y habitual.
Y de la misma manera, ordenó a la Empresa Argentina de
Navegación Aérea (EANA S.E.), a retrotraer los despidos producidos, por el
plazo que dure el procedimiento conciliatorio.
La resolución se fundamenta en que “el Estado Nacional tiene
el deber de garantizar la continuidad de los servicios esenciales para sus
ciudadanos y resguardar el interés público, sin desatender los derechos
laborales ni los mecanismos de negociación colectiva”.
Las acciones gremiales afectaban principalmente a vuelos
comerciales nacionales e internacionales programados entre el 11 y el 30 de
julio de 2025.
Paralelamente a las negociaciones que se desarrollaban en la
Secretaría de Trabajo, el gremio interpuso una medida cautelar de no innovar
contra ANAC y EANA, la cual tramita ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 31.
Sin embargo, fuentes oficiales señalaron que “la decisión no
es judiciable, porque fue tomada por la Autoridad Aeronáutica, con potestad
sobre la Seguridad Operativa Aérea”.
Fuente: NA