La provincia pagó más de $1.197 millones a la Cuenta Especial de Trabajos Carcelarios en 2025

Así surge de un análisis de los decretos de reconocimiento de legítimo abono y de contratación directa a esta entidad que depende del SPP y del Ministerio de Gobierno. Los pagos se hicieron por las “viandas suministradas a presos y personal del Servicio Penitenciario Provincial”. Los datos completos del año pasado, arrojarían una cifra aún más abultada.

Domingo, 22 de marzo de 2026 - 15:18 hs.
La provincia pagó más de $1.197 millones a la Cuenta Especial de Trabajos Carcelarios en 2025

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Por la prestación del servicio de viandas para internos y personal del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), durante el 2025, el gobierno provincial pagó, al menos, $1.197.997.922,40. Así se desprende de la sumatoria de los pagos informados en Boletines Oficiales de Misiones, publicados en 2025 y 2026, en favor de la Cuenta Especial de Trabajos Carcelarios, una entidad que depende del SPP y del Ministerio de Gobierno provincial.

Como la información oficial sobre lo abonado a la CETC se publica aleatoriamente, y en forma dispersa, los datos sobre el total de lo abonado por las viandas para presos y penitenciarios, sería considerablemente mayor. Por caso, en 2025, el Boletín Oficial está difundiendo decretos firmados en 2024, por raciones entregadas en 2023. 

Sin embargo, como los decretos que autorizaron pagos a la CETC incluyen los periodos involucrados, se puede proyectar los pagos totales, aún sin que se publiquen la totalidad de los decretos de contratación directa y reconocimiento de abono.

Uno de los decretos más recientes, el N° 1770, autorizando un pago a la CETC por $ 211.999.580,40, se publicó el 27 de febrero pasado (Boletín Oficial Nº 16544) Agencia Hoy informó sobre la medida adoptada, bajo el paraguas legal de los artículos de la Ley de Contabilidad General de Misiones, que establecen las excepciones en las que el Estado puede adquirir un servicio, sin licitación pública.

La provincia pagó $211 millones a la Cuenta Especial de Trabajos Carcelarios

A este decreto autorizando un pago de 9 cifras a la CETC, según se desprende de los boletines oficiales publicados el año pasado, hay que sumar otros seis decretos publicados el año pasado. Estos son los siguientes:

*Decreto N° 384 (firmado el 18 de Marzo de 2.025, publicado en el Boletín 16332 del 9 de abril); reconoció de legítimo abono la suma de $ 137.999.996,40 a favor de la cuenta Especial de Trabajos Carcelarios y Fondos de Reembolsos, Cuenta 40939/5 Banco Macro - Casa Central, en concepto de pago por Reconocimiento de gasto por 70.392 raciones suministradas durante el mes de Febrero del año 2.025, a la Población Penal y Personal de Servicio que cumple 24hs de Guardia. , de la totalidad de Unidades Penales (…)”

*Decreto N° 385 (firmado el 18 de Marzo de 2.025, publicado en el Boletín 16332 del 9 de abril); es idéntico al anterior, y reconociendo la misma cifra, $ 137.999.996,40 pero por otras 70.392 raciones suministradas en Enero del 2025.

*Decreto 678 (firmado el 22 de abril del 2025, publicado en el Boletín 16380 del 24 de junio); reconoció el pago de $ 137.999.996,40 por 70.392 raciones suministradas en Marzo del 2025.

*Decreto 978 (firmado el 21 de Mayo de 2.025, publicado en el Boletín 16.462 del 22 de octubre); ); reconoció el pago de $ 137.999.996,40 por 70.392 raciones suministradas en Abril del 2025

Jefatura y el SPP pagaron $211 millones por una contratación directa

*Decreto 1288 (firmado el 27 de junio del 2025, publicado en el Boletín 16462 del 22 de octubre); autorizó una contratación directa “con la Cuenta Especial de Trabajos Carcelarios y Fondos de Reembolsos, con Domicilio Fiscal en Edificio Torreón - Chacra 32-33 de la Ciudad de Posadas, aprobándose la misma por los motivos expuestos en los Considerandos, encuadrándose el procedimiento en el Artículo 85° - Inciso 3) – Apartados g) y o) de la Ley VII - N° 11 (antes Ley 2.303) y Artículo 5° - Inciso I, Punto B - 3, del Decreto N° 3.421/86.”

Este decretó autorizó a la “Dirección del Servicio Administrativo de Policía y Servicio Penitenciario Provincial, a proceder a la liquidación y pago de la suma total de ($ 211.999.586,40), en concepto de Racionamiento de Internos y Personal de Servicio de 24 Hs., por el pago total de 70.392 raciones, a suministrarse en el mes de Julio del año 2.025, a favor de la Cuenta Especial de Trabajos Carcelarios y Fondos de Reembolsos, Cuenta Corriente N° 40939/5 Banco Macro - Casa Central (…)”

*Decreto N° 1341 (firmado el 2 de julio y publicado en el Boletín 16464 del 24 de octubre); reconoció de legítimo abono $ 221.998.770,00, “a favor de la Cuenta Especial de Trabajos Carcelarios y Fondos de Reembolsos, (…), pago en concepto de costo per-cápita de Racionamiento de los meses de Enero, Febrero y Marzo del año 2.025, según Facturas N° 00009-00000210/211/212, con destino a la Población Penal y Personal de Servicio de guardia 24 Hs., encuadrándose el procedimiento en lo establecido en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 (antes Ley 2.303).”

De estos decretos, se puede inferir que la provincia pagó a la CETC, $137.999.996,40 por 70.392 raciones de alimentos entre enero y junio; y por la misma cantidad de viandas destinadas a presos y personal penitenciario, se habría acordado el pago $211.999.586,40 desde julio a diciembre. Serían $827.999.978,40 en el primer semestre y $1.271.997.518,40 en el segundo semestre. En total, sólo por las viandas, se habría separado para tal fin, $2.099.997.496,80

En paralelo, según se infiere de la información oficial, se habría pagado otros $221.998.770 a favor de la CETC, pero en concepto de “costo per cápita de racionamiento”, por trimestre. Así, por este ítem, se habría destinado otros $887.995.080 en el año pasado.

Estos números, estimativos, pueden no haberse pagado en su totalidad, el año pasado, pues, como lo demuestran los boletines oficiales, a veces los pagos se concretan varios meses después del servicio. Además, los boletines oficiales informan sobre estos decretos, varios meses después de firmados.

La Jefatura y el Servicio Penitenciario pagaron otros $221 millones sin licitación pública

Qué dice la ley de contabilidad general de Misiones

Para justificar estos pagos sin licitación pública, se invocó “lo establecido en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 de Contabilidad (antes Ley 2.303).”

El mencionado artículo 44° de la Ley de Contabilidad, afirma que “el funcionario o agente de cualquier dependencia del Estado, en sus distintos poderes, que realizara compra o gastos en contravención con lo dispuesto en el Artículo anterior (43°), o de las disposiciones de esta Ley, leyes especiales, decretos o reglamentaciones que fijan el trámite pertinente, responde personalmente del total autorizado o gastado en esas condiciones, siempre que el gasto no haya resultado en beneficio de la Provincia (…)”.

Y el aludido artículo 43° de la Ley VII – N° 11 indica, entre otras cosas, que “ningún gasto podrá disponerse sin mediar disposición de autoridad competente, ajustado al procedimiento que establece esta Ley y su reglamentación, disponiendo de crédito presupuestario suficiente, siendo todas estas condiciones de legitimidad del acto”.

También se invocó el Artículo 85° - Inciso 3) – Apartados g) y o), que sostienen que se puede evitar las licitaciones públicas, cuando la contratación es “con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales o entidades en las cuales los mismos tengan participación” (inciso “g”); y cuando “la compra o venta de productos perecederos o de elementos destinados al fomento de las actividades económicas del país, o para satisfacer necesidades de orden sanitario, habitacional, educación u otras necesidades sociales (inciso “o”)