Economía
Declaran inconstitucional el cobro de peaje en rutas sin servicios
Se trata de un fallo del juzgado federal de San Nicolás, en el marco de un reclamo de un abogado de la localidad bonaerense de San Pedro.

Un reciente fallo de la Justicia Federal podría cambiar de forma significativa la política vial en Argentina. El Juzgado Federal de la localidad bonaerense de San Nicolás, declaró inconstitucional el cobro de peaje en rutas donde las concesionarias no prestan servicios, ni brindan alternativas para los usuarios.
Según publicó el portal LV7
de Tucumán, el caso fue impulsado por un abogado oriundo de San Pedro (Buenos
Aires), Javier Silva, quien presentó un recurso de amparo tras negarse a pagar
el peaje en la ruta nacional 9.
En su presentación, Silva
argumentó que al no haber servicios disponibles en el tramo y sin una vía
alternativa libre, el cobro resulta arbitrario e ilegítimo. Y la jueza federal
María Romilda Servini le dio la razón.
El fallo establece que no
puede exigirse el pago de un peaje cuando el usuario no recibe contraprestación
alguna ni tiene la posibilidad de optar por otra ruta. Según la resolución, se
viola el principio de legalidad y se atenta contra los derechos del usuario.
Como es previsible, el fallo
sienta jurisprudencia contra el cobro de los peajes en el actual sistema
vigente en Argentina, heredado de los años 90s, cuando gobernaba el
expresidente Carlos Menem.
Este antecedente podría tener
repercusión en otras zonas del país donde los conductores vienen denunciando
situaciones similares: rutas muy deterioradas, con servicios son escasos o
inexistentes. Esto, reabre el debate sobre el destino de los fondos recaudados
por las concesionarias de rutas a través de los peajes. Y sobre el presunto
desvío de los impuestos al combustible que el gobierno que encabeza Javier
Milei debería destinar a la refacción y ampliación de las redes viales.
Por otra parte, aunque la
resolución es de primera instancia, desde asociaciones de consumidores ya
analizan la posibilidad de promover acciones similares en otros distritos.
Algunos legisladores nacionales también pidieron revisar los contratos con
empresas concesionarias, exigiendo mayor transparencia y control.
El caso podría escalar si
otras jurisdicciones adoptan criterios similares. Mientras tanto, se abre una
discusión clave sobre el modelo de concesión vial en la Argentina y el
equilibrio entre el pago de tarifas y la calidad del servicio que reciben los ciudadanos.
Cabe subrayar, como lo vienen
denunciando desde la Comisión Nacional de Usuarios Viales (Conaduv) que lo que
se cobra por peajes, en realidad es impuesto al tránsito porque no existen
caminos alternativos que posibiliten al conductor, no pagar el canon.
Además de la falta de contraprestación
en servicios por los peajes, según advierten desde la Conaduv, el costo de este
impuesto se traslada a todos las mercancías trasladadas por rutas en Argentina.
Esto es así porque el costo de los peajes, las empresas de comercialización y
transporte, lo recargan al costo de los productos transportados. De ahí que el
canon se generalice y no sea pagado, como pretenden desde el gobierno de turno,
únicamente por el conductor que utiliza la ruta.