A través de una extensa entrevista telefónica, el abogado Adrián Gianini, querellante en la causa por corrupción de menores contra el docente Emiliano Emanuel F., acusado de fotografiar a niñas menores de 12 años en la Escuela de Frontera N° 617, brindó impactantes detalles de la investigación que lleva adelante el juez de instrucción Gerardo Casco, que probarían que el magistrado “perdió totalmente su imparcialidad” y que “está actuando como un defensor más” del acusado.
Como es de público conocimiento, el docente Emiliano Emanuel F. (29) fue acusado de tomar fotografías a niñas dentro de la Escuela primaria de jornada completa, que se encuentra en la calle Lavalle S/N y Corrientes, en la localidad de El Soberbio. La primer denuncia en sede policial data del 19 de septiembre pasado, pero la primera acusación verbal contra el sujeto, la realizó una mamá a una docente de la escuela, en junio del año pasado. A la fecha, el docente aparece como titular en uso de licencia, en la planta orgánica de la escuela identificada por el Código Único de Identificación en el Sistrema Educativo N° 617 (CUISE 617).
Entre las múltiples y grotescas irregularidades detectadas por la querella en el marco de esta causa, figuran, según Gianini, la no inclusión en el expediente, de los informes de Cámara Gesell de 19 de las 20 declaraciones de las víctimas; la no realización de allanamientos en la casa del imputado y de sus presuntos cómplices; la no investigación de las responsabilidades institucionales en el caso, pese a una declaración de falsificación de documento público; y la desprotección total de las víctimas por parte del juzgado, lo que expone a la Argentina a sanciones internacionales.
Consumada la decisión de Casco de excarcelar al docente acusado de extorsionar a niñas para tomarles fotos y, presuntamente, “satisfacer sus parafilias”, el abogado querellante anticipó a Agencia Hoy que apelarán esa decisión ante la Cámara de Apelaciones. Asimismo, Gianini considero que este magistrado no puede estar más al frente del expediente, en particular, al permitir al imputado, “borrar” pruebas en su contra.
“Desde la querella, las madres y las niñas, tomaron muy mal la excarcelación, Es una noticia sumamente decepcionante. Además, hace poquito se había solicitado la excarcelación, la cual había sido negada, las circunstancias no cambiaron y el juez tomó una decisión que es un cambio radical. No sólo hubo decepción, sino también sorpresa”, recalcó Gianini, en diálogo con Agencia Hoy, sobre la excarcelación firmada por Casco, el 23 de diciembre, al filo del inicio de la feria judicial.
En una de las graves irregularidades denunciadas por Gianini sobre el accionar de Casco en esta causa, el letrado contó que la defensa tuvo acceso antes que la querella, a la pericia informática realizada sobre los dos teléfonos que el acusado entregó –sin allanamiento de por medio–, varios días después de la primera denuncia ante la Comisaría de la Mujer de El Soberbio, el 19 de septiembre del 2025.
De acuerdo con Gianiani, “ante esta excarcelación solicitada por la defensa del imputado, nosotros presentamos un escrito de oposición donde justamente le pusimos en el escritorio del juez prácticamente, alrededor de 14 riesgos procesales concretos. Muchos de los cuales surgen de lo que ya se venía investigando. Hay evidencias en el expediente, de que el imputado ya entorpeció este proceso y de que tuvo actitudes de eludir la justicia”, alertó.
“Además, al incorporarse la pericia informática, se revelaron muchos más riesgos procesales dentro del entorpecimiento ya producidos, que son gravísimos, por parte del imputado y obviamente que al darle libertad, se concreta”, se lamentó el querellante.

Sobre la sospechosa fecha de la excarcelación que firmó Casco, el querellante explicó: “Dentro de lo que es el derecho procesal es una maniobra típica de los abogados defensores, que obviamente hacen su trabajo, y lo que buscan también, entre otras cosas es quizás encontrar con la guardia baja a las contrapartes. Nosotros estamos siempre a la expectativa y hacemos bien nuestro trabajo”, aclaró.
“En tiempo récord, tuvimos que analizar la pericia, una pericia de 1.500 páginas, la pericia informática, y contestar y oponernos a la excarcelación. Acá lo grave de lo que ocurrió y lo que está pasando en el expediente, es que el juez no nos dio acceso a esa pericia. La pericia ya estaba disponible para la defensa. De hecho, la defensa hace su solicitud basada en la pericia, obviamente está tergiversando la realidad del expediente y de los hechos, pero lo hace basado en la pericia”, contó Gianini sobre la presunta parcialidad de Casco en favor de la defensa del acusado.
De acuerdo con Gianini, esta pericia informática, permanecía “oculta” para la querella “porque el juez no la incorporó en el expediente principal, sino que la mantenía, la mantuvo y hasta el día de hoy la mantiene, en un expediente paralelo, en un incidente paralelo. Ello pese a que la obligación del juez es poner todas las pruebas de cargo a la vista y que sean públicas para las partes, para la querella, que somos los representantes de las víctimas, para que podamos hacer el debido control y la acusación correspondiente”, detalló.
Para Gianini, ese accionar del juez Casco, “es uno de los pilares por lo cual el acto es nulo, porque se basó la resolución sin tener en cuenta la oposición nuestra. Si bien nosotros tomamos conocimiento, pero no a través del juez, sino a través del escrito mismo de la defensa cuando dice que piden la excarcelación en base a la pericia”, aclaró.
“Ahí nosotros recién tomamos conocimiento de que existía el resultado de la pericia [informática] y inmediatamente solicitamos con un escritor al juez que nos vincule inmediatamente al expediente. Pero hasta ese momento lo teníamos oculto. Es decir, se rompió la igualdad de armas. Está corriendo con ventaja la defensa, en detrimento de los derechos de las víctimas”, alertó el abogado.
“Al nosotros oponernos, nosotros nos opusimos el día 21 (de diciembre). El día 21 de diciembre entra en el expediente nuestra oposición, con los 14 riesgos procesales concretos detectados en la causa. Pero el juez, a pedido de la defensa que por un tecnicismo recurrió a solicitar que no sea escuchada la querella y las víctimas. Y pide el desglose, que técnicamente ‘desglose’ significa que se tome como inexistente nuestra oposición a la excarcelación”, reveló Gianini sobre la maniobra por la cual Emanuel F., recuperó su libertad.
Sobre este punto, Gianini recalcó que cuando el juez Casco “provee la libertad [del imputado], no refuta ninguno de los argumentos que nosotros, como querella, le pusimos sobre la mesa, para decirle, que son muchísimos los riesgos procesales, y que, si este imputado sale en libertad, va a terminar de borrar toda la evidencia que se detectó”. “Y además, también le dijimos que donde estaban en el expediente, los hechos probados de entorpecimiento que ya realizó [el imputado]”, acotó el abogado.
En este tramo de la extensa entrevista, Gianini contó cómo el acusado de tomar fotografías de naturaleza sexual a niñas de entre 9 y 12 años dentro de la Escuela 617 de El Soberbio, habría impedido una pericia a fondo sobre sus teléfonos celulares, datos que se desprenden del informe del perito informático, elevado al juez Casco. “Lo que reveló el perito, antes de comenzar a explicar o a detallar qué es lo que encontró, lo que le explicó al juez es que no pudo hacer la pericia como corresponde”, dijo Gianini.
“Lo que hizo el maestro imputado fue insertar un software experimental, es decir, que no está a la venta comercial, solamente está disponible para desarrolladores. Y lo que hizo es insertar este software en su iphone con la intención de truncar la pericia. Esto realmente tuvo éxito para el imputado, porque cuando los peritos empiezan a poner en marcha estas herramientas para descubrir qué es lo que hay en el teléfono se encontró que el software no era soportado”, señaló el abogado.
“Es decir, [los peritos] no pudieron hacer una extracción física. Y la extracción física lo que significa es poder acceder a todo el teléfono. Sobre todo las partes ocultas, lo que está encriptado, las carpetas eliminadas, borradas y los mensajes borrados y eliminados. Eso no lo pudo ver la pericia. Eso el perito se lo explicó al juez en el informe. Es lo primero que dice en el informe. Y además le explica que tuvo que consultar al soporte de quien provee al Estado provincial de estas herramientas de última generación de pericia informática, para ver por qué no funcionó”, detalló Gianini sobre la pericia informática sobre los teléfonos del docente acusado de pedofilia.
“Justamente son ellos, el soporte [de la Provincia] que le explican [al perito] que se insertó deliberadamente un software para que no pueda la policía, ingresar y descubrir qué es lo que había en el teléfono”, denunció Gianini.
Al respecto de los teléfonos que forman parte de la causa, estos “fueron secuestrados, pero no por un allanamiento, que esa es otra de las circunstancias por las cuales hay irregularidades en la causa. Nunca se allanó ni el domicilio del imputado, ni tampoco el domicilio de lo que se descubrió también en la pericia, que es la, al menos, complicidad, porque también podría haber coautoría de la pareja del imputado, de la novia, quien es conocida en el pueblo de El Soberbio y está acreditado en la causa, o por menos hay serios indicios probados y con evidencias, de que [esta mujer] vende contenido para adultos”, reveló.
“O sea, que esto terminara de cerrar por lo menos una línea investigativa fuerte, que el juez sistemáticamente se niega a investigar”, advirtió Gianini sobre la relación entre la toma de fotografías a niñas sin el consentimiento de sus tutores y la circulación y/o comercialización de ese material aberrante.
“Lo que se descubrió en la pericia respecto a la pareja, la novia [del imputado], es que ella que tenía loggeado, tiene loggeado el Gmail en el teléfono del maestro. Las cuentas están sincronizadas y la cuenta de Gmail de ella, está en el teléfono del maestro. Es decir, que cada foto que el maestro tomaba aquí, cada foto que él sacaba automáticamente pasaba al email de la novia. Estos son datos duros concretos que están en la pericia”, machacó Gianini, quien aclaró que “son más de 3.500 la fotos que se encontraron [en dispositivos del acusado] de menores en situaciones [sexuales] tomadas para satisfacer parafilias sexuales.”
Vale recordar que la “parafilia”, se define como un patrón de excitación sexual intensa y recurrente donde el placer se obtiene de objetos inanimados, situaciones atípicas, o personas que no consienten (como niños o adultos no cómplices), o el sufrimiento propio o ajeno. Según se desprende de las declaraciones y fotografías, el docente sacaba fotos a niñas en posiciones atípicas, con los ojos en blanco o simulando estar “muertas”. Y lo lograba extorsionando a las víctimas por notas o comida, entre otras presuntas maniobras.
Juez de San Vicente, Gerardo Casco
Asimismo, Gianini planteó que “no solamente hay riesgo procesal de entorpecimiento porque está demostrado que el imputado truncó la pericia a propósito. Ese software que la pericia dice que se insertó en el teléfono del maestro, no sabemos si lo insertó él o lo hizo asesorado por algún técnico, fue insertada apenas unos días antes de cuando se destapó el tema de las denuncias y tomó estado público”, dijo el abogado.
“Es decir, cuando [Emanuel F.] se entera que ya estaba por descubrirse y por ser denunciado, él hace esta maniobra de hacer un blindaje del teléfono para que no pueda ser penetrado por las herramientas de la policía. Y lo logró. En el otro teléfono, que es un Infinity, hizo un reseteo de fábrica. Esa información se pudo extraer de la pericia y hasta [se determinó] cuando él hizo el reseteo de fábrica. Fue unos poquitos días antes de que él entregue de sus teléfonos para peritar”, aseguró Gianini.
Mientras que en el otro teléfono, el Iphone, el acusado “hizo el blindaje con el software experimental que es un software al que cualquier de nosotros no tiene acceso, sino que es una versión Beta.”
Estas decisiones judiciales son las que “van a ser la base de nuestro pedido de nulidad y también de que la Cámara [de Apelaciones] revise las arbitrariedades con las que se está manejando y se manejó el juzgado y el magistrado. Quedó una ventana abierta, pero no fue una ventana abierta de días. Es una ventana abierta que aún sigue abierta. Porque nunca se allanó el domicilio [del acusado] a pesar de que el fiscal de cibercrimen, el doctor Juan Pablo Espeche, le solicitó concretamente y directamente que allane el domicilio. El juez nunca lo hizo, pese a la solicitud concreta”, fustigó Ginanini.
“También nosotros se lo solicitamos y hasta el día de hoy no lo hizo. Y más aún ahora que se descubrió que hay una persona, al menos, que es cómplice y que se descubrió que el maestro no actúa solo, sino que las fotos salían de su teléfono y viajaban por la nube hacia el teléfono o dispositivos, a la cuenta directamente de su pareja. Es decir, esto hasta aprobaría la distribución del material”, subrayó el abogado querellante.

En otro fragmento saliente de la entrevista, el abogado reveló que la pericia informática descubrió que se utilizaron otros dos teléfonos para tomar las fotos aberrantes de niñas en posiciones de naturaleza sexual, presuntamente, dentro de la Escuela 617. “Otro dato concreto que descubrió la pericia es que encontraron sí 3.500 fotos de menores en su teléfono, pero no solamente esto, sino que se descubrió, y eso también lo dice con todas las letras de perito [informático] y se lo informa el juez, es que las fotos fueron tomadas además de los dispositivos que están secuestrados que se peritaron, con otros dispositivos que están libres y sueltos en la calle”, enfatizó.
“Se descubrió que al menos hay dos dispositivos [involucrados en los hechos] Porque los metadatos permiten detectar desde qué teléfono se tomaron las fotos, que se tomaron de dispositivos que no están secuestrados. Justamente eso se dio por la negligencia del juzgado que sistemáticamente, decidió no allanar”, manifestó el abogado querellante. Y sumó: “Al descubrir esto y al tener el inminente pedido de excarcelación, nosotros se lo pusimos en frente del escritorio del juez el día 21 [de diciembre del 2025] Recordemos que el día 23 de diciembre, se produce la firma del auto de libertad. Dos días antes nosotros le pusimos en la mesa del escritorio estas circunstancias”, aclaró Gianini.
En esta línea argumental, el querellante insistió: “Le dijimos [al juez Casco]: ‘mire la pericia porque acá están todos los riesgos procesales’. ‘es una persona que no puede salir porque tiene cómplices afuera y porque además hay dispositivos afuera que, si usted suelta el imputado, lo primero que va a hacer es ir y destruirlo’. Además de que esto viaja por las nubes digitalmente, y que soltar al imputado le da la herramienta de poder acceder a internet y borrar remotamente [las pruebas]”, contó el abogado.
“Porque justamente aparte de los blindajes que hizo el teléfono y el reseteo del otro teléfono, [el imputado] lo que hizo fue activar el borrado remoto, eso también está en la pericia [informática], de todas las cuentas y de todos los dispositivos. Entonces es un súper peligro procesal que el juez se negó a ver. ¿Por qué digo que se negó a ver? Porque pese a que nosotros dos días antes, el juez resuelva la excarcelación, se lo dijimos. Y el juez no refutó en su escrito de excarcelación, no refutó ni uno solo de nuestros argumentos, que son contundentes y lapidarios”, expresó el abogado.
Además, para Gianini, este comportamiento del juez Casco, mostraría que “ya no es una negligencia, sino hay severos indicios de que el juez perdió totalmente la imparcialidad que debe tener y se está manejando con una arbitrariedad inusitada. En esas condiciones, nosotros consideramos que el juez no puede estar un minuto más llevando adelante esta causa. Se lo vamos a exponer con todas estas circunstancias a la Cámara [de Apelaciones] para que tome las medidas que consideré necesarias”, argumentó el abogado, quien acto seguido, hizo otra impactante revelación del comportamiento del juez respecto de la actuación del fiscal de ciberdelito, Juan Pablo Espeche.

Consultado por este medio respecto del accionar del fiscal Espeche, y concretamente, sobre si apeló la medida de excarcelación que firmó el juez Casco, Gianini confió: “estás tocando un tema sensible y que justamente es otro de los pilares de lo que hace la nulidad de este procedimiento de excarcelación, que es absolutamente nulo.”
“¿Qué es lo que pasó? En el pedido de excarcelación anterior que había sido hace escasos 20 días, que se le negó al imputado, el doctor Espeche lo que hace es, al contestar su vista, dice: ‘yo no voy a opinar en este momento, usted [Casco] resuelva lo que tenga que resolver porque usted es el director del proceso’. Palabras más, palabras menos, es lo que le dice al juez. En todo caso, ‘si a mí no me gusta la resolución, es decir, si lo libera o no lo libera y no me gusta, yo me reservo el derecho que lo tengo, de apelar’. Obviamente es una opinión absolutamente válida”, detalló Gianini.
Ante ese planteo del fiscal Espeche, “el juez, 20 días después, cuando se le solicita esta excarcelación que terminó con la libertad del imputado, le hace una advertencia [a Espeche] al correrle la vista. Es decir, hace una intromisión injustificada en un órgano que es absolutamente independiente que es el Ministerio Público Fiscal. El juez ejerce sus facultades de jurisdicción y sus obligaciones de investigar la verdad, hasta las últimas consecuencias. Pero la fiscalía es un órgano absolutamente independiente, o para que quede claro el juez no es jefe del fiscal”, aclaró Gianini.
“Sin embargo, a pesar de esto, y estar determinado en la Constitución de la independencia de estos órganos, el juez le dio indicaciones en la cédula cuando le corrió vista, eso está documentado en el expediente porque así se pone en las cédulas, de qué tiene que determinar y cómo tiene que determinar [Espeche] para garantizar el derecho de defensa del imputado”, dijo Gianini, en referencia al dictamen de Casco.
“Estas son palabras que terminan de fulminar la intención del juez, que es no descubrir la verdad, sino garantizar los derechos de defensa. Lo que le dijo es, que para garantizar los derechos de defensa del imputado, vos [el fiscal Espeche] tenés que dictaminar no como lo hiciste la vez anterior, sino de otra manera. O sea, además que es una injerencia prohibida por nuestra legislación, eso es una manera de presionar y coaccionar y obtener un dictamen que no es libre, sino que es bajo presión”, denunció Gianini.
“Entonces, en este sentido, el fiscal de cibercrimen, lo que hace es caer prácticamente en una contradicción técnica, porque por un lado dice, mi dictamen es el siguiente: ‘todos los motivos que hicieron al sostenimiento de la detención del imputado, se mantienen en columbres’. Es decir, ‘nada cambió, sigo sosteniendo que tiene que estar detenido’. ‘Pero, como usted es el director del proceso, puede hacer lo que quiera. Entre esas cosas, si quiere lo puede liberar poniéndole restricciones como prohibición de salir del país y medidas de protección para las víctimas.’ O sea, una cosa es incompatible con la otra”, argumentó Gianini, planteando que el fiscal Espeche no puede sostener que se mantienen sin variar “los motivos de la detención” y que el imputado puede recuperar su libertad.
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Fiscal Juan Pablo Espeche
Para el abogado querellante, en este punto queda en claro, “la coacción que ejerció el magistrado [sobre el fiscal], en un acto absolutamente prohibido por la legislación que es indicarle [cómo fallar] Además, que es una falta respecto a la investidura que representa al fiscal Espeche, que es el titular del Ministerio Público Fiscal y [Casco] lo trató como si fuera un pasante de facultad, como si nunca hubiera pasado por la facultad de derecho. El juez no tiene por qué decirle qué es lo que tiene que hacer o cómo lo tiene que hacer, un fiscal”
Repreguntado, Gianini aclaró que hasta el momento no pueden confirmar que Espeche también haya apelado la excarcelación, aunque, por los tiempos procesales, todavía está a tiempo de hacerlo. “La libertad [del imputado] fue el 23/12/25, ya entramos en feria judicial y son 48 horas para la apelación. Así que los términos están interrumpidos hasta que termine la feria. Nosotros lo vamos a hacer, vamos a pedir la nulidad y subsidiariamente la apelación, también lo puede hacer el fiscal de cibercrimen”, afirmó el abogado.
En cuanto a si solicitaron medidas de prueba sobre la segunda persona, es decir, la pareja del acusado, que tendría sincronizado su email con Emanuel F., el abogado explicó: “Nosotros ya se lo pedimos al juez. En el escrito de oposición le pedimos que, ante el descubrimiento de que hay otras personas que estaban recibiendo las fotos, porque no estaban recibiendo fotos de un picnic, estaban recibiendo fotos de abusos menores en un contexto de corrupción de menores, y la persona que recibe eso, es al menos, cómplice sino co-autor. Entonces, le pedimos al juez directamente que impute a esa persona, que es la pareja del imputado, que le llame indagatoria. Y que se preocupe de la inmediata detención y que busque los teléfonos que fue descubierto que existen y que no están secuestrados, porque ahí está la prueba”, planteó.
En tono crítico hacia la labor del juez Casco, el abogado de las víctimas puso de relieve que “en tiempo récord trabajó para liberar al imputado, pero ni siquiera se tomó el tiempo de saber quiénes son las víctimas que están en las fotos. O sea, no sabemos quiénes son las niñas que están en las [3.500] fotos. No sabemos la extensión del daño. El juez está obligado a investigar la verdad y a documentar la extensión del daño”, puntualizó Gianini, en uno de los puntos más oscuros del accionar de este juez en esta causa.
“El juez [Casco] ni siquiera sabe quiénes son las menores que están en esas 3.500 fotos. Es decir, no sabe si son las menores que las madres denunciaron, no sabe si son más, no sabe cuántas son, no sabe cuáles, ni cuántas son. Y sin embargo, liberó al imputado sin haberse tomado el trabajo de saber esta información, que es crucial, sobre todo, cuando se trata de la libertad de una persona que ahora camina en la sociedad misionera”, fustigó Gianini.
Este punto es central en la investigación, porque según se pudo conocer de la acusación, habría pruebas de que Emiliano Emanuel F., tomaba fotografías a niñas desde 2022. “Es tal la cantidad de producción de material prohibido que el maestro realizó durante el tiempo, dos años para atrás porque las denuncias datan de que desde que las nenas estaban en quinto grado, entonces tenemos nenas de 9, 10, 11, 12 años. Y esta actividad ilícita sostenida en el tiempo, justamente hace que sea impreciso determinar cuántas son [las víctimas]”, advirtió el letrado.
“Pero lo que tiene que hacer el juez y la justicia es investigar por lo menos lo que hay. Entonces las fotos que están en la pericia y que se encontraron, se tiene que determinar quiénes son. Porque ahora estamos hablando de alrededor de una veintena de víctimas, pero podríamos estar hablando de cientos de víctimas. Nosotros [la querella] tenemos conocimiento de que hay un montón de gente que no denunció y hay un montón de gente también que no son las alumnas del séptimo grado en el año 2025, sino que son alumnas que ya egresaron, que ya no están en el colegio. Así que el juez [Casco] ahí también faltó a su obligación como magistrado de descubrir la verdad. Aparte que tiene la obligación por ley de investigar y de descubrir no solamente el autor, sino quiénes son los coautores, los cómplices y los partícipes”, analizó Gianini, lapidario con el juez de instrucción de San Vicente.
Vinculado a la denuncia contra el profesor de la Escuela de Frontera 617, Gianini también brindó revelaciones sobre las medidas de prueba solicitadas al juez sobre los presuntos cómplices o encubridores dentro del establecimiento, una docente que habría oficiado de “entregadora” y la directora. Ambas declararon en el expediente que sabían desde junio, de las denuncias contra Emiliano Emanuel F., pero no radicaron la denuncia ante la comisaría, ni dieron aviso a sus superiores, incidiendo así en la titularización de este docente. Cabe recordar que la directora general del Consejo General de Educación, Daniela López, firmó la titularización del acusado en el cargo docente que ejercía –ahora está suspendido– en agosto pasado, poco antes de que estalle el escándalo.
El abogado explicó cuál era la mecánica que habría empleado el acusado dentro de la escuela, siempre en complicidad con la docente que recibió la primera denuncia de una madre en junio. Esa parte de la entrevista, que incluye la admisión por parte de la docente y de la directora, de una presunta falsificación de documento público y que salpica a las autoridades de la escuela y al CGE, será publicada por Agencia Hoy en los próximos días.
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En la última parte de la entrevista, Gianini se refiere a lo que hizo el juzgado que preside Casco, con los 20 informes sobre las declaraciones de las víctimas en Cámara Gesell, que es la parte central de la prueba contra el acusado que fue excarcelado el 23 de diciembre último. “Eso también va en consonancia con el ocultamiento. Por ejemplo, como se ocultó hasta el último momento la pericia [informática] para tratar de evitar la reacción de las madres, de las niñas y de la querella. Los resultados de las Cámaras Gesell ni siquiera están incorporados al expediente principal. No sabemos dónde están”, dijo, sin matices, Gianini a Agencia Hoy.
“Esas Cámaras Gesell se produjeron, a partir del 2 de octubre y por cédula, el juez le notificó al cuerpo médico que dentro de los días deberían incorporar los resultados en los informes de las Cámaras. Pero de 20 solamente, sólo una incorporaron. O sea, hay alrededor de 18 o 19 [declaraciones e informes de] Cámaras Gesell que no están incorporadas”, denunció el querellante.
Cáustico con la labor del juez Casco, Gianini insistió: “no se sabe ni qué dijeron las nenas. Nosotros lo sabemos porque tenemos contacto directo con las víctimas. Sabemos todo lo que está pasando acá. Pero procesalmente el juez está obligado a documentar todo esto. Y además es una prueba central, una prueba principal junto con la pericia [informática]”, argumentó.
“Entonces, mal el juez puede deliberar acerca de la libertad del imputado, cuando ni siquiera están incorporadas al expediente principal, los resultados de la Cámara Gesell. Es decir, no sabemos ni siquiera lo que dijeron las niñas. A ese nivel de gravedad institucional estamos. Y del ocultamiento, porque eso es ocultar. Sí sabemos que la pericia [informática] estaba oculta para la querella, pero estaba disponible para la defensa. Hasta ahora no puedo decir lo mismo de las Cámaras Gesell, porque ahora sabemos porque este juzgado y este magistrado, se maneja con incidentes paralelos”, denunció Gianini, sobre una presunta omisión de deberes de funcionario público en la que habría incurrido el juez Casco.
Con respecto a los informes sobre los testimonios brindados por 20 niñas en Cámara Gesell, Gianini comentó: “no sé si esto está en un incidente [expediente] paralelo y que no está en la vista de nosotros. Pero lo que sí el juez dice, y este es el argumento central de por qué lo libera, es que la investigación está prácticamente terminada y que ya todas las medidas de prueba están prácticamente realizadas todas, porque las niñas declaran en Cámaras Gesell. Eso es una absolutamente mentira”, cuestionó Gianini, quien aclaró que “las evidencias y las pruebas del expediente hablan de que esto recién comienza y que hay mucho por investigar.”
Repreguntado sobre si se efectuaron los informes forenses correspondientes sobre las declaraciones en Cámara Gesell, la respuesta de Gianini, fue inquietante. “El grueso [de las víctimas] alrededor de 18 [Cámaras Gesell] se hicieron en octubre, o sea, las niñas declararon y dieron su testimonio. Esos testimonios nunca fueron incorporados al expediente principal. No puedo decir [dónde están los informes] porque la verdad es que yo no sé si el cuerpo médico no se los envió nunca al juez, o el juez lo recibió y no lo está mostrando. En cualquiera de los dos casos, es gravísimo”, subrayó.
“Porque si se está pidiendo la libertad del imputado, aunque sea, el juez debería pedirle, mándeme los resultados de la Cámara Gesell porque necesito decidir sobre la libertad. Sin embargo, se apuró en darle la libertad, cuando no correspondía dársela. No corresponde de ninguna forma. Por eso nosotros [la querella] vamos a exponer todo esto a la Cámara [de Apelaciones] para que la Cámara directamente le oficie al cuerpo médico forense y explique y diga cuándo fueron remitidas las Cámaras Gesell. Para tratar de ver qué pasó con eso. Si las tiene el cuerpo médico forense o se la mandaron al juzgado y el juzgado nunca la puso a disposición de la querella, para que nosotros podamos controlar y podamos robustecer nuestra acusación”, argumentó el abogado.
“Acá se cercenaron todos los derechos de las garantías constitucionales y no solamente constitucionales, porque recordemos que el Estado tiene responsabilidad internacional respecto a esto. O sea, lo que está haciendo la justicia de Misiones acá es poner a la Argentina como Estado, a responsabilidad internacional, porque está vulnerando los derechos y garantías reconocidos en los tratados internacionales de derechos humanos”, alertó Gianini sobre el insólito accionar del juez Casco.
En tono reflexivo, Gianini aclaró que “en materia de derecho y jurisprudencia argentina no es la primera vez que ocurre. Hay muchos casos similares, en donde ha ocurrido esto de llevar expedientes paralelos; ocultar información a las partes; imputar a unas personas sí y a otras no; cerrarse a investigar; colaborar con la impunidad… esto no es la primera vez que ocurre. Y por los antecedentes jurisprudenciales que hay, sabemos que este tipo de conductas, [los jueces] terminan mínimo ante el Consejo de la Magistratura, dando explicaciones”, planteó el abogado, sin descartar una hipotética denuncia contra el juez Casco.
“Por eso acá es importante que la Cámara [de Apelaciones] cuando reciba nuestro pedido de nulidad y apelación, esté a la altura de las circunstancias y además, que dé directrices concretas y certeras de cómo tiene que llevarse la investigación. Lo que está claro es que este juez perdió absolutamente la imparcialidad. Y ya no puedes estar al frente de la causa ni un minuto más”, remató Gianini.