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Información General

Establecen días y horarios para las reuniones familiares en Misiones

Oficializaron la Resolución 381/20 la cual detalla que bajo protocolos sanitarios, los ciudadanos se podrán encontrar con sus seres queridos, los días sábados, domingos y feriados, de 9:00 a 18:00 horas

Se oficializó este viernes  la Resolución Conjunta 381/20 del Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Salud Pública de la provincia. Se trata de la normativa que se establece los días y horarios habilitados para reuniones familiares en Misiones en el marco de la fase del aislamiento social, preventivo y obligatorio.


La publicación detalla que bajo protocolos sanitarios, los ciudadanos se podrán encontrar con sus seres queridos, los días sábados, domingos y feriados, de 9:00 a 18:00 horas. El máximo permitido de personas presentes en el mismo momento en un domicilio es cinco, como lo había anunciado en el inicio de esta semana el gobernador, Herrera Ahuad.


Entre la recomendaciones de las medidas de seguridad se destacan: disponer de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio, para que las personas que vayan de visita se higienicen al ingresar y siendo de mayor recomendación inmediatamente después el lavado de manos con jabón neutro.


Además se solicita desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión. No compartir utensilios o vajilla y mantener distancia de al menos 2 metros entre personas. También se pidió evitar el contacto físico con otras personas (abrazos, besos, etc) y usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos. Evitar tocarse el rostro con las manos.


La habilitación dispuesta no alcanza:


a) A las personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con el virus COVID-19 SaRS-CoV-2 tales como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o Ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, quienes deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad Sanitaria Provincial.


b) A quien haya estado en contacto, en los últimos 21 (veintiún) días con:

b.1 individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados;

b.2 pacientes confirmados de virus COVID-19 SaRS-CoV-2;

b.3 personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para virus COVID-19 SaRS-CoV-2 por ser caso sospechoso.


- El Municipio se encuentra facultado a controlar, en forma concurrente con la Provincia, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.


- Sin perjuicio de los controles que se puedan realizar en forma aleatoria, se insta a todos los ciudadanos que cumplan con lo establecido, entendiendo que es parte de la responsabilidad social respetar las normas mínimas de prevención, como ser distanciamiento social e higiene personal.


- Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma están limitadas a grupos familiares de cercanía en cuanto a la situación geográfica.


- Para casos de personas mayores de 60 (sesenta) años o incluidas en los denominados grupos de riesgo se recomienda evitar sus traslados.

- A los fines de la reunión, no habrá límites en razón del número de DNI.


- Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.


- Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.


- La Presente disposición NO implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los cuales se encuentran expresamente prohibidos según lo dispuesto por el art. 10º, inc 2 del DNU nº 459/2020.


- Para el caso que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitadas las personas en carácter de terceros para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911.


- Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.


- Se deberá concurrir con tapaboca  y/o barbijo.

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