Aún desconociendo el escenario que sobrevendrá tras el
receso legislativo, por las posturas de sus aliados en la construcción de
alternativas electorales, el Gobierno continúa anunciado proyectos a tratar
desde agosto y esta semana presentó el proyecto de Inocencia Fiscal II, una
renovación más profunda del régimen tributario que aprobó en el Congreso junto
al Presupuesto 2026, en diciembre pasado.
La iniciativa se anota junto a otras reformas impulsadas por
el Ministerio de Economía, como la reforma de la carta orgánica del BCRA o el
Súper RIGI, y los proyectos que diseñó el Ministerio de Desregulación, como la
ley Hojarasca y la de "Inviolabilidad de la Propiedad Privada".
La primera recepción de los aliados fue cauta al respecto de
la ley. El PRO evitará pronunciarse hasta la próxima semana, mientras que el
radicalismo le expresó a Ámbito que están "estudiando el proyecto
conjuntamente todos los diputados de nuestro bloque". Desde los aliados
provinciales, donde crece el malestar por la imposición sistemática de
propuestas inconsultas, llegó la primera definición: "Hay malestar por la
no exclusión de funcionarios familiares directos".
Rechazo opositor a Inocencia Fiscal II
Las voces más antagonistas de Provincias Unidas ya mostraron
su rechazo a la propuesta del Gobierno. El bonaerense Pablo Juliano, quien
recordó que "la primera 'Inocencia Fiscal' la metieron por la ventana en
la madrugada del 18 de diciembre. En el recinto pedimos excluir a los
funcionarios, pero no quisieron. ¿Qué pasó después? La usaron Adorni, Francos,
Sturzenegger, Felipe Núñez y Espert. ¿Creen que el Gobierno recapacitó? No. La
'Inocencia Fiscal 2' sigue abierta para ellos. La doctrina Adorni sigue vigente:
no declarar y evadir todo lo que se pueda".
Así también se posicionó el santafesino Esteban Paulón,
quien en sus redes sociales calificó que la intención apunta "más
impunidad y menos transparencia": "La ley no puede ser un salvavidas
para los poderosos". El diputado también recordó su proyecto que busca
modificar el artículo 38 de la ley 27.799 del Régimen de Inocencia Fiscal para
excluir de este régimen a funcionarios de todos los poderes del Estado y sus
familiares directos desde 2 años antes de ingresar a la función pública.
Dentro del peronismo, la primera reacción fue la del
santafesino Agustín Rossi, quien calificó al intento como
"vergonzoso" porque "beneficia a funcionarios y políticos".
"No solo premian a los grandes evasores, ahora también habilitan un
régimen para quienes ejercen la función pública. Los que venían a convertir la
moral en política de Estado son, en realidad, profundamente amorales",
dijo en sus redes sociales y remató: "Otra ley hecha a medida".
Entrevistado en Gelatina, el entrerriano Guillermo Michel
consideró que al proyecto no "lo hicieron los funcionarios públicos, sino
los estudios de abogados" y sostuvo que "es inconstitucional"
porque "el Estado no puede renunciar a su facultad de fiscalización".
En sintonía, desde el Senado la bonaerense Juliana Di Tullio elevó una
propuesta para derogar los artículos 38, 39, 40, 41 y 42 de la ley 27.799 del
Régimen de Inocencia Fiscal, que ofrecen garantías fiscales y penales de los
contribuyentes ante sus declaraciones juradas simplificadas y restringe las
inspecciones de períodos ya aceptados por el fisco.
Los puntos clave del proyecto
-Rectificación de las declaraciones juradas: los
contribuyentes podrán corregir diferencias o inconsistencias sin quedar
automáticamente excluidos del régimen simplificado.
-Conservación de los beneficios: quienes regularicen su
situación podrán mantener las ventajas contempladas por el sistema.
-Eliminación de topes: el proyecto propone quitar los límites
actualmente vigentes vinculados con las diferencias detectadas por ARCA.
-Mayores exigencias para ARCA: el organismo solamente podrá
cuestionar una declaración jurada si demuestra, mediante información objetiva,
la existencia de diferencias significativas.
-Presunción de exactitud: los contribuyentes alcanzados por
este principio tendrán mayores garantías frente a posibles fiscalizaciones del
organismo recaudador.
-Tratamiento especial para los fondos: hasta el 31 de
diciembre de 2027, el dinero utilizado por quienes estén alcanzados por la
presunción de exactitud conservará las condiciones previstas por la normativa.
-Exención de multas: la iniciativa contempla que determinadas
sanciones no sean aplicadas a quienes hayan regularizado previamente ajustes en
los impuestos a las Ganancias o al Valor Agregado (IVA) y adhieran al régimen
simplificado.