Nación modificó la reglamentación
de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 e incorporó un nuevo mecanismo de
“pago voluntario” para multas aplicadas en procedimientos administrativos por
infracciones a la normativa.
La medida fue oficializada
mediante el Decreto 377/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
La modificación incorpora a la
reglamentación de la ley la posibilidad de que las empresas sancionadas tengan
una reducción del 50% de la multa, siempre que consientan la sanción y abonen
el importe dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación de la
resolución administrativa, explicó Alejandro Garzón Maceda, titular de Defensa
del Consumidor en Misiones.
En diálogo con LT4 y AgenciaHoy,
el funcionario sostuvo que con la iniciativa “se reduce tiempo y dinero a las
empresas” porque disminuye el lapso y los costos de la litigiosidad administrativa
y judicial.
En cuanto al consumidor tiene como
beneficio, si acepta la aplicación de la medida, se fija el denominado “daño
directo”, es decir, el costo específico del valor del producto que por ejemplo no
te entregaron (no se agrega daño moral, ni otros perjuicios), por lo cual también
de reduce el tiempo para percibir el abono de la multa impuesta al proveedor en
infracción.
Cabe mencionar que el beneficio
quedará sin efecto si el infractor interpone el recurso directo previsto en el
artículo 45 de la Ley de Defensa del Consumidor para cuestionar judicialmente
la sanción aplicada.