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Información General

Reforma del Código Penal: con endurecimiento de penas y mayor intervención de la víctima

La comisión redactora propone una modernización y actualización de la justicia ante las nuevas modalidades delictivas y la complejidad de las organizaciones criminales internacionales.

El presidente Mauricio Macri presentará este jueves, junto al ministro de Justicia, Germán Garavano, el anteproyecto de reforma del Código Penal, que establece penas más duras para los delitos de corrupción, terrorismo, narcotráfico, siniestros viales, y contempla la figura del arrepentido, según publica el diario Clarín. 


La redacción del documento estuvo a cargo de una comisión que fue creada el 1 de marzo de 2017 y es presidida por el juez Mariano Borinsky.


Entre sus lineamientos generales, el anteproyecto -que será enviado al Congreso para su tratamiento- amplía la jurisdicción de la Justicia para investigar casos de corrupción, incorpora modalidades delictivas, exime de responsabilidad a los miembros de las fuerzas cuando actúen en cumplimiento del deber.


El actual Código Penal fue promulgado en 1921, y entró en vigencia un año después, cuando era presidente Marcelo T. de Alvear. En sus 97 años de vida, hubo 17 intentos para cambiarlo y más de 900 actualizaciones.


A continuación, las principales modificaciones.


Narcotráfico

Se parte de la actual escala penal (de 4 a 15 años de prisión) para quienes siembren, cultiven o guarden plantas o semillas y se aumenta de 5 a 20 años para los que fabriquen o comercialicen drogas. Para los jefes de este tipo de organizaciones, la pena puede ser de 25 años. En tanto, se prevé una pena de 1 mes a 2 años para los casos de tenencia para uso personal, siempre y cuando no trascienda del ámbito de la privacidad.


Libertad condicional

Se mantiene la imposibilidad de acceder a la libertad condicional para los reincidentes y para los condenados por delitos dolosos cometidos con violencia que hayan conllevado para la víctima graves daños físicos o mentales o la muerte.


Arrepentido

Se mantiene la figura del colaborador eficaz (o arrepentido) para los delitos de narcotráfico, delitos aduaneros, terrorismo, corrupción de menores, privaciones ilegales de la libertad agravadas, trata de personas, soborno trasnacional, asociación ilícita, y delitos de corrupción y se amplía para aquellos delitos cuya pena máxima sea igual o superior a 15 años de prisión.


Violencia de género

Se prevé la intervención de la víctima en los procesos de suspensión del juicio a prueba (probation) y la violencia de género se considerará una circunstancia agravante que obliga al juez a imponer una pena mayor.


Corrupción

Se prevé un aumento de las penas en caso de delitos de corrupción, en especial, de los delitos de cohecho (pasivo y activo), soborno trasnacional, enriquecimiento ilícito, con escalas penales que van de 4 a 12 años de prisión. Así, las penas sólo podrán ser de cumplimiento efectivo.


Se amplía la jurisdicción de la justicia argentina para investigar los delitos de corrupción, de conformidad con las recomendaciones realizadas por el OCDE. De esta manera, la justicia argentina podrá intervenir en casos de corrupción ocurrida en otros países.


Se propone la posibilidad de decomisar los bienes anticipadamente y de manera definitiva —antes de la condena penal— para todos los delitos, en caso que se verifiquen ciertas condiciones.


Enriquecimiento ilícito

Se amplía el sujeto activo del delito de enriquecimiento ilícito (actualmente es sólo para funcionarios públicos) a todos aquellos sujetos obligados por ley a presentar declaraciones juradas patrimoniales, como son, por ejemplo, los titulares de obras sociales.


Delitos viales

Se eleva el máximo de la escala penal a 7 años de prisión (actualmente es de 6) para los siguientes casos: cuando el conductor se diere a la fuga, si estuviere bajo los efectos de estupefacientes, si estuviere conduciendo en exceso de velocidad, si condujere estando inhabilitado o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito; o si hubiere actuado con culpa temeraria.


Terrorismo

Se incorporan nuevas figuras delictivas relacionadas con el terrorismo en un nuevo título que contiene los siguientes delitos: asociaciones ilícitas terroristas (con pena de 5 a 20 años de prisión, y una pena mínima de 10 años de prisión para los jefes u organizadores), acogimiento, reclutamiento, adoctrinamiento y entrenamiento de terroristas (con penas de hasta 15 años de prisión).


Delitos contra el ambiente

Se incorporan los delitos de contaminación y otros daños graves al ambiente con pena de hasta 5 años de prisión, multa e inhabilitación; contra la biodiversidad (3 años y multa); contra la fauna silvestre (3 años o multa); de maltrato y crueldad contra los animales (4 años o multa), y contra los bosques nativos (3 años y multa).


Agresiones en manifestaciones y piquetes

Se incorpora como delito la conducta de quien arroje proyectiles contra otra persona en el contexto de una manifestación, con una pena de hasta 2 años de prisión. Se eleva a 3 años en caso de que estén dirigidos a un miembro de las fuerzas de seguridad. También se prevé una pena de 3 años para quien detenga o entorpezca la marcha de un medio de transporte público o, sin autorización, de un medio privado.


Se prevé la exención de responsabilidad para el miembro de las fuerzas de seguridad que actúe en cumplimiento del deber y en uso de su arma reglamentaria.


Genocidio, delitos de lesa humanidad y desaparición forzada

Se incorporan los delitos del Estatuto de Roma (genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada de persona, crímenes de guerra y agresión) al Código Penal.


Delitos informáticos

Se establece una pena máxima de 5 años de prisión para los casos de grooming. Se tipifica la conducta de quien produzca, ofrezca o divulgue pornografía infantil, con penas de hasta 6 años. Y se incorporan los delitos de robo y hurto informático, daño informático, fraude informático, acceso ilegal a datos informáticos y "pornovenganza".


Delitos en el deporte

Se prevé un incremento del mínimo de la escala penal en dos tercios para los delitos de homicidio, lesiones, robo, tenencia y portación de armas de fuego cuando se cometan en el ámbito deportivo. Además, se incorporan como nuevos tipos penales el impedimento de un espectáculo deportivo, la corrupción en el deporte, así como también el régimen penal para la prevención y control del dopaje.

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