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Politica

Crean un registro de personas vinculadas al terrorismo

"Facilitar la cooperación doméstica e internacional para prevenir, combatir y erradicar el terrorismo y su financiamiento", es el objetivo. 

El Gobierno creó hoy el Registro Público de Personas vinculadas a actos de terrorismo y su financiamiento (RePET) para reforzar el sistema de prevención y lucha contra ese flagelo, a 25 años del atentado a la AMIA que se cumplirá mañana, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial.


El decreto 489/22019 fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial. Crea el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su financiamiento (RePET), que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de Germán Garavano.


“El Registro tendrá como fin brindar acceso e intercambio de información sobre personas humanas, jurídicas y entidades vinculadas a actos de terrorismo y/o su financiamiento y facilitar la cooperación doméstica e internacional para prevenir, combatir y erradicar el terrorismo y su financiamiento”, señala el texto.


Será de acceso público con los alcances que establezca el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, resguardando la protección de datos a través de las medidas de seguridad pertinentes y determinando la forma de acceso a la información.


Las áreas competentes del Ministerio de Relaciones Exterior y Culto, la cartera de Seguridad y de sus Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, de la Unidad de Información Financiera (UIF) y de la Dirección Nacional de Migraciones, organismo dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, tendrán acceso directo a los datos del Registro para el cumplimiento de sus funciones.


¿Qué información se debe inscribir? Toda persona humana, jurídica o entidad sobre la que haya recaído resolución judicial o del Ministerio Público Fiscal que le impute o admita la formalización de una investigación por estos delitos; también a los que estén incluidos en las listas elaboradas de conformidad con la Resolución 1267 (1999) y sucesivas y concordantes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; a quienes la UIF haya ordenado el congelamiento administrativo de activos.

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