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Para Pérez, el nuevo reglamento en seguridad “está pensado con los ojos de Buenos Aires”

El ministro de Gobierno descartó que Misiones se adhiera al nuevo protocolo en seguridad fijado por la Nación, “el arma será la última alternativa para nuestros efectivos” dijo.

El último lunes, mediante su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de las armas de fuego que les otorga mayor libertad a las fuerzas federales de seguridad. La Resolución 956/2018, que lleva la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, también deroga toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.


El diario Primera Edición publicó una entrevista con el ministro de Gobierno Marcelo Pérez, en la que brindó su perspectiva sobre cómo la normativa podría influenciar en las fuerzas locales. “El arma va a seguir siendo la última alternativa en el desempeño de nuestros efectivos”, explicó el funcionario.


El Ministro detalló que “para proceder frente a un delito en el que exista un peligro inminente que atente contra la integridad física de nuestros ciudadanos, como hasta ahora, el arma va a seguir siendo la última alternativa en el desempeño de nuestros efectivos”.


Pérez se refirió así a lo dispuesto en la ley provincial XVIII, “que en su artículo 23 establece que los funcionarios policiales podrán utilizar sus armas cuando fuere necesario para asegurar la defensa oportuna de su persona, la de terceros o de su autoridad”.


La normativa impulsada por el Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Patricia Bullrich, firmada el martes 27 de noviembre y en vigencia desde hace exactamente una semana, dispone que en cumplimiento del deber los agentes usarán armas de fuego “cuando resulten ineficaces otros medios no violentos”.


La normativa considera “peligro inminente” cuando “se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas”, o en caso de que “el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal”.


La resolución establece además que ante el necesario empleo de armas, los agentes “deberán identificarse como tales, intimando de viva voz a cesar la actividad ilícita” salvo “en aquellas situaciones donde dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas”.


Tampoco es obligatoria la identificación como agente federal “cuando se pusiera indebidamente en peligro sus propias vidas o su integridad física, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil”.

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